En agosto/01 vendí un piso

En agosto/01 vendí un piso en el que tenía una hipoteca que cancelar con el BCH. La hipoteca fue cancelada con el dinero que adquiría de la venta y el chico que me compro el piso hipoteco dicha vivienda con BBVA, el caso es que a día de hoy todavía no ha desaparecido del registro, la propiedad que nos avaló a nosotros. ¿Quien tiene que cancelar registralmente, la propiedad y la de los avalistas

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He visto su pregunta en el tablón y permítame responderla, aunque la misma no es muy clara.
Antes de vender la casa, esta tenía una hipoteca de BCH avalada, me imagino, por la propia casa en parte y por otra parte por un particular tipo padres, amigos, familiares, etc.
Bien, si esto es así, cuando Vds vendieron la casa ante notario, el comprador debió retener, del precio de venta, una cantidad para cancelar, económica y registralmente, la hipoteca del BCH. Al comprador le interesaba, porque a su vez iba a pedir otra hipoteca y el BBVA no se la iba a dar si la casa no estaba libre de cargas.
Si el aval que Vds tenían lo era para hacer frente a la hipoteca, corresponde a su comprador cancelar en el registro dicha hipoteca más aval (Para eso le retuvieron un dinero - de todos modos. A Vds les debe dar igual, porque la carga recae sobre el piso, no sobre Vds ni sobre sus avalistas).
Si por otro lado, el aval que consta en el registro no tiene nada que ver con la hipoteca del BCH, corresponde a Vds levantarlo del registro.
Comprendo la duda. Los compradores de su casa, mejor dicho, el banco de los compradores de su casa lo que querían es que la vivienda objeto del préstamo estuviera libre de cargas. Habrán cancelado las cargas referentes a su vivienda, si las había, pero efectivamente ha quedado el fleco del aval de sus suegros.
Probablemente no puedan reclamar nada a los compradores ni a su banco, pues lo estipulado en los contratos sea que se liberarían las cargas de su casa, pero no otras.
Le recomiendo que no pierda el tiempo litigando, pida un certificado (carta de pago)al SCH de que esa carga ha quedado liberada, escrituren esa cancelación y la registren.
Pregunten al SCH si en la escritura de cancelación del préstamo consta el aval de sus suegros, probablemente la escritura ya esté hecha y sólo quede pendiente la inscripción registral en lo que a la propiedad de sus suegros se refiere.
Téngame informado si le surgen más dudas, estoy a su disposición.
Mariano

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