Baja de cooperativa

Hola.
El problema que yo tengo es que me metí en una cooperativa en madrid llamada ibosa.nos dimos de baja en noviembre del 2008, pasaron los 18 meses(mayo 2010) que los estatutos ponen para las bajas justificadas como en mi caso, pero he leído que:
En caso de aplazamiento de las aportaciones y cantidades a reembolsar, las mismas darán derecho a percibir el interés legal del dinero, que deberá abonarse anualmente junto con, al menos, una parte proporcional de la cantidad total a reembolsar.
Lo que no entiendo es cuando dice que me deben abonar anualmente. ¿Anualmente al final de cada año o en mayo del 2011?
Lo que ha ocurrido en mi cooperativa que las dividieron en tres.Una se completo con la gente exclusivamente del pueblo(el escorial), las otras dos se quedaron en la mitad(40 cada una) me informaron hace poco de que habían sacado a los coperativistas de mi cooperativa y le habían metido en la otra, quitándome a mi el derecho de darme el dinero ya que no iba a entrar ningún socio nuevo hasta que la otra no se llenase.
Muchas gracias

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Como arquitecto, entiendo que si usted se dio de baja de la cooperativa lo que se aplica son las condiciones de cuando lo hizo, ya que no puede participar como cooperativista en decisiones posteriores. Así pues debería tener derecho a recibir el dinero y los intereses correspondientes (a la fecha en que le reembolsen, proporcionalmente a la cantidad reembolsada e intereses legales hasta esa fecha)
En todo caso creo que debería solicitar que le comuniquen lo que sea oportuno, por escrito, y ponerlo en manos de un abogado.

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