Alquiler: prohibición mascotas.

Veréis, estoy a punto de firmar un contrato de alquiler, pero una de las condiciones es que no se pueden tener animales. Yo tengo dos gatas, compartidas con mis ex compañeras de piso, todavía no sabemos quién se las quedará.

La cuestión es que en la agencia me dicen que no pasa nada si las tengo, que el anterior inquilino tenía un perro, que la cláusula la ponen sólo para cubrirse las espaldas. Pero claro, me da miedo firmar, quedarme las gatas y que luego alguien se queje.

En el contrato pone que incumplir esta cláusula será causa de resolución de contrato. Si me voy antes de finalizar los tres años tengo que indemnizar a la propiedad con una mensualidad por año que falte por cumplir. Si se resuelve el contrato porque he incumplido esa cláusula, tendría que indemnizarles también, ¿no?

Por otro lado, ¿cómo pueden probar que tengo animales? Quiero decir, para la resolución del contrato deberían poder demostrar que tengo animales, ¿no?

Siento la parrafada y muchas gracias por adelantado.

Respuesta
1

La tenencia de mascotas estando expresamente prohibido es motivo de resolución de contrato.

No dudes que es fácil probarlo... fotografías, testigos, notario...

Si se resuelve el contrato "amigablemente" porque tú incumplieras lo pactado, tendrías que indemnizar al casero como prevé el contrato, o arriesgarte a que te demande por tener animales estando prohibido, y en ese caso la condena en costas elevaría mucho el dinero que te ibas a tener que gastar.

http://blog.enalquiler.com/2010/guias-alquiler-pisos/mi-casero-mi-mascota-y-yo/

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