Clausula contrato tiempo de estancia

A ver si podrías ayudarnos.

Tenemos un contrato de alquiler de un año pero por circunstancias nos tenemos que ir a los ocho meses.

El caso es que viene ésta cláusula que no conseguimos entender:

"El periodo de tiempo mínimo de arrendamiento se establece en seis meses . En caso de desistimiento del contrato por parte del arrendatario antes de que se hubiera cumplido un año, dará lugar a una indemnización equivalente a la parte proporcional de la renta de un mes con relación a los meses que falten por cumplir un año."

Según dicha cláusula, ¿cuánto se supone que debemos pagar en total de penalización por estar solo ocho meses? ...¿Lo correspondiente a una mensualidad...?.

Agradecemos mucho tu ayuda

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Respuesta
1

Personalmente tampoco entiendo bien la cláusula, que parece ser una mala transcripción de lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos.

De ser así, se entiende que se ha de pagar 1 mes por año que falte de contrato, o la parte proporcional del mismo.

Ustedes van a "incumplir" por 4 meses (1/3 de año), por lo que entiendo que la indemnización es de 1/3 de mensualidad.

Suerte.

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