Alquilada hace 42 años ¿Me pueden echar?

Hemos vivido en esa casa desde 1969 momento en el que se formalizó el contrato. Hace unos años se actualizó la mensualidad de acuerdo a la legalidad vigente además de pagar mensualmente conceptos "poco claros", aunque ese es otro tema.
El caso es que ahora, y tras haber heredado la vivienda en cuestión, la dueña exige a mi padre el abandono de la vivienda dando como plazo máximo un año y ofreciendo en este caso 1 anualidad como indemnización o 2 anualidades en caso de que el abandono se produjera en 6 meses. ¿Tiene el actual dueño derecho a realizar este procedimiento? ¿Se acoge a derecho el intento de echarlo y la indemnización ofrecida?
Muchas gracias por anticipado

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Sin tener toda la documentación delante no puedo contestar con precisión, pero en líneas generales, si su padre es el titular original del contrato puede quedarse en el piso mientras viva, y a su fallecimiento cabría una subrogación (del cónyuge superviviente o de un hijo caso de no haber cónyuge).
Por tanto, no tiene porqué marcharse, a menos que le interese la indemnización.
Ante todo muchas gracias por su rápida respuesta.
Mi padre es el titular del contrato. Mi madre falleció hace unos años. La razón alegada es que la dueña del piso lo necesita para su hijo. Ha entregado un acta notarial haciendo constar, datos de este (dni, lugar de trabajo, etc.) así como que es su única vivienda disponible en la ciudad donde reside.
Aún con el acta que le han entregado habría que analizar el contrato de alquiler por si se incluyese el supuesto actual (necesidad para un hijo), cosa que sería extraña ya que ésto solamente se ha barajado desde tiempos recientes.
Le aconsejo acudir a un abogado experto en la materia y llevarle tanto su contrato como el acta que le han entregado.
Suerte.

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