Arrendamiento Urbano 1992

Hola,
Querría plantearle una serie de dudas.
El caso es el siguiente. Contrato verbal de arrendamiento de vivienda de 1992. Nunca se ha actualizado la renta. La calefacción, IBI, etc, estaban incluidas en el precio.
El año pasado se comienza a pagar una pequeña cantidad en concepto de calefacción que este año se ve duplicada por decisión unilateral de la propiedad. ¿Estoy obligado a pagar algo en concepto de calefacción? Por otro lado y habida cuenta que nunca se ha actualizado la renta, desde cuando se podría actualizar a fecha de hoy, ¿respecto del pasado año o desde 1992?
¿Qué posibilidades tiene la propiedad de echarme del piso si no estoy de acuerdo con sus subidas?
¿Cuál es la forma en la que se está renovando mi contrato actualmente, anual?
Muchas gracias y un saludo.

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Aunque la Ley indica que los contratos verbales tienen la misma validez que los escritos, lo cierto es que a la hora de la verdad plantean serias carencias.
En su caso:
-Calefacción: si tradicionalmente no ha pagado nada en concepto de calefacción (y lo puede demostrar mediante los recibos pagados a lo largo de estos años), no tiene porqué hacerlo ahora, salvo que en su día acordasen otra cosa.
-Actualización de renta: le pueden actualizar la renta desde 1992. El que el propietario no lo haya hecho no implica que renuncie a ese derecho. Consultando en www.ine.es sale que el aumento que procede es de un 72,5% más o menos.
-Echarle del piso: dado que su contrato verbal es de 1.992, se acoge al "Decreto Boyer", según el cual el contrato no es indefinido a menos que así lo acuerden las partes. Por tanto, el propietario puede solicitar la rescisión de contrato una vez alcanzado el plazo de vencimiento acordado en su día.
-Actualmente su contrato se está renovando -salvo que hubieran acordado otra cosa- según la regularidad de los pagos (es decir, que si acordaron pagos mensuales, la renovación es mensual).
Recomendación: hable con el casero y lleguen a un acuerdo favorable para ambos (una renta razonable para el propietario y un contrato adecuado para Usted), y redacten un contrato aclarando todas estas cosas.
Suerte.

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