Desahucio

Hemos tenido rencientemente un juicio por desahucio, que hemos ganado, ahora el abogado nuestro se pone en contacto con nosotros para hacernos entrega de las llaves y tomar posesión de la vivienda ya que el inquilino hace entrega de las llaves a su abogado, queremos saber si al tomar posesión de nuestra vivienda de esta manera y no esperar al lanzamiento no pudiera traer problemas, nuestro abogado dice que no, ya que el lanzamiento tardaría todavía unos meses, lo único que dice nuestro abogado es que no podríamos pedirle responsabilidades al inquilino de como haya dejado la vivienda, el se declara insolvente total, entonces la pregunta seria, ¿podemos tomar posesión de nuestra vivienda sin esperar el lanzamiento?, muchas gracias.

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Sin tener la sentencia delante ni más datos no le puedo dar una respuesta precisa.
En cualquier caso, si el inquilino ha consignado las llaves en el Juzgado, el propietario puede recogerlas y tomar posesión de la vivienda en ese momento.
Si la vivienda estuviese en mal estado, entonces podría iniciar otra demanda (por los daños), pero si el cliente es insolvente... sería poco aconsejable (aunque legalmente se ganase la causa, económicamente no sería interesante).
Desearía saber cuando prescribe el plazo para reclamarle las cantidades que ha dejado a deber del alquiler, si son tres o cinco años y si tendríamos el mismo abogado o tendríamos que solicitar uno nuevo ya que es abogado de oficio, gracias.
La deuda prescribe a los 5 años.
Respecto al tema del abogado, a nueva demanda, nuevo abogado (en cualquier caso hablen con la oficina correspondiente en el Juzgado, ya que disponer del mismo profesional les adelantaría el asunto).
Suerte.

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