Atrasos

Buenas tardes
Tengo un administrador encaprichado en cobrarme atrasos. Cada mes de Marzo me llegan aumentos de obras, etc... Y me cobra los atrasos de tres meses. Hay veces que es poco, pero otras es mucho...
Tengo alquiler de los antiguos (indefinido) y según la ley del 64, está prohibido cobrar atrasos por estos motivos. Hace un tiempo le llame, hablé con él y le dije que según la ley no podía hacerlo y me dijo que lo denunciara... Y que si me negaba a pagarlo, me cobraría a principio de año un fijo para hacer frente a estos aumentos... Consulté con abogado y me dijo que no puede hacer nada de eso.
¿Qué solución me das a mi problema? ¿Cómo debo enfocarlo?
Gracias

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Respecto a la repercusión de obras en los contratos "de renta antigua", hay dos tipos de obra:
1.- Obras de mejora: se pueden realizar en la vivienda arrendada, pero el incremento de renta se debe negociar con el inquilino.
2.- Obras Necesarias para el mantenimiento de la vivienda / obligadas por la administración: estas obras se pueden realizar en la vivienda arrendada, y su importe se puede repercutir en el inquilino por dos métodos:
2.1.- Art. 108 LAU 1964: se incrementa la renta anual en un 12% del importe total de la obra (o un 1% al mes). Este incremento se mantiene durante toda la vigencia del contrato, y tiene como límite el 50% de la renta.
2.2.- Disposición Transitoria 2ª, 10.3 y 10.4 de la LAU 1994: Se toma el importe total de la obra y se le aplica el interés legal del dinero durante 5 años. Anualmente se repercute en el inquilino el 10% de esta cantidad hasta el completo pago (10 años). El límite es el menor de:
a) 5 x Renta anual.
b) Salario Mínimo Anual.
La elección del sistema 2.1 o 2.2 es a discreción del propietario.
Lo que es evidente es que solo le pueden empezar a cobrar el aumento a partir de la notificación. Es decir, que si le notifican en Marzo que tal y cual obras le repercutirán por euros al mes, pues a partir del siguiente recibo toca aumento, pero nunca hacia atrás.
Creo que el enfoque más adecuado es que el Abogado al que ha consultado le redacte un escrito aclarando el tema al administrador.

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