Piso con inquilinos de renta antigua

Tengo un piso cuyo inquilino( titular del contrato) murió en julio del año pasado. Vivia con el presuntamente su yerno. Nos enteramos de casuaidad de la muerte del titular del contrato y notificamos al yerno que abandonara la vivienda, Este ni contesta ni nada. Es más, tiene "relaquilado!" el piso a dos sudamericanos.La renta que paga es de 30 euros.
Mi pregunta es
¿Tiene el yerno (es viudo) algún derecho sobre la vivienda?
¿Se le puede considerar "okupa"?
¿Cómo se le puede obligar a devolver las llaves?

1 respuesta

Respuesta
1
El tema que nos ocupa es una subrogación de alquiler "mortis-causa".
Hay un orden de prioridad en la subrogación (Viuda, hijos, ascendientes...), no se puede subrogar un familiar cualquiera.
Otra condición es que haya convivido los últimos años con el titular fallecido.
En todo caso, tras el fallecimiento del titular del contrato, aquel que pretenda subrogarse en el arrendamiento deberá comunicar fehacientemente su intención al propietario en el plazo máximo de 3 meses. Si transcurre ese plazo sin comunicación alguna se entiende el contrato extiguido.
Una vez esbozado el asunto, procedo con sus preguntas:
1.- El yerno tendría algún derecho sobre la vivienda si no tuviese ningún otro familiar más cercano el fallecido, y si además ha convivido con el mismo los últimos años. En todo caso, como han pasado los 3 meses de plazo para la comunicación, el contrato está extinguido.
2.- La calificación de okupa no se si es apropiada, lo que es evidente es que no puede vivir en el piso.
3.- Para las llaves: ponerse en manos de un abogado y presentar la correspondiente demanda judicial. El proceso se puede alargar varios meses (lamentable, pero cierto).
En la demanda también pueden añadir que tiene el piso subarrendado sin consentimiento.
Excelente respuesta.
No sabia la obligación de comunicar en un plazo no superior a 3 meses el fallecimineto del titular para poder subrogarse

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