Devolución de fianza

Hola he tenido que abandonar la vivienda en la que vivía de alquiler por enfermedad de mi madre, no se había cumplido el año pactado en el contrato. ¿Tengo derecho a recuperar la fianza?

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Técnicamente podría recuperar la fianza (si el piso está en el mismo estado en que lo recibió), pero valore también el hecho de que el propietario le puede reclamar las rentas que falten para completar el año pactado.
Hola:
Muchas gracias, no sé quien de los dos tendría mejor protección. Yo desde luego puedo justificar el hecho de que abandone el piso por una causa de fuerza mayor, por el mismo motivo tengo reducción de media jornada en el trabajo sin perjuicio de mis retribuciones por un mes y además me pagaron una ayuda de internet con la condición de mantener la conexión un año (que por supuesto tampoco he cumplido) y me han dicho en la Junta que con esa justificación no tengo que devolverla (en junio hago el año de internet y el piso, y el último mes que he vivido en la casa ha sido febrero).
Muchas gracias por su interés.
En todo caso (y si la situación lo permite), lo más aconsejable sería plantearle la situación al propietario. Si tiene unos mínimos valores humanos consentirá la cancelación del contrato.
Si van a juicio, la LAU no contempla su situación (cancelación por fuerza mayor), por lo que el criterio del Juez sería casi con total seguridad a favor del propietario. No obstante le reitero que lo más conveniente es plantearle el asunto al casero.

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