Cerramiento de Balcón

Soy de Madrid. Mi mujer y yo acabamos de comprar una casa que tiene una peculiaridad: El balcón tiene a la derecha del todo una ventana que pertenece a la vecina de al lado (concreamente a su cocina). El caso es que nosotros queremos hacer cerramiento de dicha terraza para darle ese espacio "inutil" a las habitaciones, pero la vecina ha dicho que no podemos porque le quitaríamos toda la luz. Nosotros le hemos dicho que dejaríamos un espacio (de 40 o 50 cms) entre su ventana y nuestro cerramiento pero aún así sigue diciendo que no y nos ha amenazado con denunciar nuestro cerramiento. Entonces mi pregunta (bueno son 2): Según tengo entendido el cerramiento es ilegal. ¿Pero hay alguna manera de hacerlo legal? Pidiendo licencia, declarándolo en las escrituras etc... Y la segunda es: ¿Cuánto espacio tendríamos que dejar para que esta señora no nos pudiera denunciar? Puesto que hay que tener en cuenta que aunque su ventana de a nuestro balcón, no deja de ser nuestro balcón!
Respuesta
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Aparecen dos aspectos:
1º El cerramiento del balcón.
2º La ventana de la vecina.
1º Cerrar un balcón para ampliar una habitación, legalmente NO está permitido. Me explico, cada vivienda tiene un coeficiente de edificación (toda vivienda tiene un máximo de m2 construidos) que viene definido en el plan general de ordenación urbana. Los m2 de un balcón se imputan al 50 por ciento. Es decir, si el balcón tiene 4 m2 constará legalmente como 2 m2. Ateniéndonos estrictamente a la ley no podríamos ampliar el balcón ya que nos excederíamos de los m2 estipulados. Ahora bien, por regla general el ayuntamiento no se suele meter en estos casos. Ni multa ni obliga a nadie a derribarlo. Si el resto de vecinos ha ejecutado lo mismo y a ninguno les han puesto impedimentos puede servir de precedente. Si la vecina os denunciase no se que podría ocurrir, es un tema más legal que técnico. Consúltalo mejor con un abogado.
2º En cuanto a la ventana es una cuestión absolutamente legal y difícil de resolver. Atiende a las servidumbres de luces y/o vistas.
Lo primero es ver si en el proyecto de la vivienda (tanto la vuestra como de la vecina) si aparece o no esa ventana.
Si la ventana aparece os tendréis que fastidiar. Podréis construir delante pero dejando la distancia necesaria que estipule la ley.
Si no aparece entramos en la problemática legal. Las sevidumbres de luces y vistas vienen estipulados en las escrituras o por acuerdos entre los vecinos medianeros. El problema es que las servidumbres también se crean con el paso del tiempo aunque no existan en contratos. Por ejemplo, si esa mujer hizo la ventana hace por años y durante todo ese periodo nadie le ha puesto impedimentos puede llegar a conseguir la servidumbre.
Espero haberle aclarado algunas dudas, pero mi consejo es que acuda a un abogado.
Si necesita algo más no dude en volver a consultarme.

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