¿El contratar gogos para que bailen se puede considerar que es una actuación

Saludos superparty.
Tengo una duda sobre las Gogos y los Stripers.
Yo tengo una discoteca y la única actividad que esta permitida en cualquier discoteca es la de baile. Diferente actividad es la que tiene una sala de fiestas y también es diferente la que tiene un café-concierto.
¿El contratar gogos para que bailen se puede considerar que es una actuación?. Lo mismo con los Stripers.
¿Si se considera actuación entonces podrían sancionarme?
¿Cuál es tu opinión?
Espero tu contestación y te doy las gracias
Joan

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Respuesta
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Seguramente tendrás algún indicio de lo que te permite tu actividad en el registro del IAE
(Indice de actividades económicas).
En una discoteca no te van a sancionar por ofrecer animación, ya que tu comercializas un producto y el espectáculo que propones es un plus.
Una cosa es lo que el cliente va ha hacer a una discoteca que es bailar una selección musical, y otra es lo que el propietario ofrezca para fidelizar a la clientela.
Por otro lado yo he llevado a mis establecimientos, grupos de música, magos, artistas, performances, go-gos, stripers, etc y nunca he tenido ningún problema con el ayuntamiento o gobierno regional.
Todo legal claro, facturas, Iva y contratar a una empresa con nif.
Espero haberte sido de ayuda, si quieres incidir en algún aspecto más concreto no dudes en comunicarlo.

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