Tengo instalado en un balcón el compresor de un aire acondicionado, Me pueden obligar a quitarlo?

He cerrado con un material la barandilla, dejando libre la zona del ventilador. Sobre la fachada esta el conducto.

3 Respuestas

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Poder pueden, pero si esta en tu balcón es bastante difícil.

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¿Se ve desde la calle?

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I. Hola.

María José, en mi caso no soy conocedor pero recuerdo que en esta página comentaron que es aconsejable comunicarlo en un reunión de comunidad, o habar con el/la president@ del edificio, para pedir permiso o debatirlo, para así evitar posibles conflictos o complicaciones.

Dos expertos ya le respondieron antes que yo, pero como lector quisiera trasladarle la información que ví sobre este tema por si pudiese serle de alguna utilidad, perdone el incordio de tanta lectura y sobretodo la imprecisión, suerte.

 https://www.porticolegal.com/foro/aire-acondicionado-en-balcon_23781 

https://www.soloarquitectura.com/foros/threads/aire-acondicionado-en-balcon-no-rompe-la-estetica-de-la-fachada.4765/ 

https://www.elaireacondicionado.com/articulos/haz-que-compresor-tu-aire-acondicionado-no-estropee-estetica-tu-terraza-o-tu 

https://www.guinotprunera.com/es/blog/post/aires-acondicionados-donde-se-pueden-instalar-y-donde-no 



- El lugar para instalar el aire acondicionado

El compresor del aire acondicionado se instala siempre en un elemento común del edificio comunitario. De ahí que sea necesario, según la ley de propiedad horizontal, el permiso de la comunidad para colgarlo de las fachadas o instalarlo en la azotea. Quizá por ello casi nunca se pide permiso para su instalación. La venia se da por supuesta. O ni se plantea.

Los municipios grandes tienen normas reguladoras de sus competencias como Administración Local. En Barcelona hay una ordenanza de paisaje urbano que establece, entre otras muchas cosas, donde se pueden ubicar los aparatos de aire acondicionado.

El artículo 63 dice que los elementos técnicos de un aire acondicionado no se pueden colocar ni en la fachada ni en los miradores o balcones, y en ningún caso pueden sobresalir de la obra vertical del inmueble. El artículo 46 establece que en los edificios nuevos o de rehabilitación integral los aparatos de aire acondicionado deben estar en la azotea y no deben verse desde la calle.

Si os dais un paseo por Barcelona (o por cualquier otra ciudad del Reino) encontraréis compresores de aire acondicionado en las fachadas a mansalva. Y se ven todos. También se cubren terrazas con cerramientos de aluminio, etcétera.

No pasa nada, el ayuntamiento de Barcelona no actúa. Hasta que su intervención es necesaria, como en el caso de Ana.

- El supuesto de Ana

Ana alquiló un piso del Ensanche en 2008 y lo compró poco después. Da a la calle y al patio de manzana que, según las fotos que me mostró, es tan feo como casi todos.

En la fachada exterior trasera del inmueble hay colgados algunos compresores de aire acondicionado. En todas las fachadas traseras de los edificios que se ven hay compresores colgados. La comunidad no se ha opuesto a que el compresor de Ana y los de los otros vecinos estén colgados de la fachada. En la fachada principal también hay compresores colgados, algunos en los balcones.

En esto que la comunidad de propietarios de Ana decide hacer una obra de mantenimiento en la fachada posterior. Y aquí empiezan los problemas.

El Ayuntamiento de Barcelona pone condiciones para hacer las obras y para conceder la oportuna licencia. Como no es un edificio cualquiera, Dirección de Patrimonio exige:

  • Que los compresores del aire acondicionado que se ven en la fachada se instalen en la azotea del edificio.
  • Elegir el color de la fachada.
  • Elige también las ventanas que se pondrán en la fachada.

Ana no entiende lo que sucede y supone que el administrador tiene algo que ver. No comprende porque después de tantos años tiene que quitar el compresor de la fachada, que no molesta a nadie, e instalarlo varios pisos más arriba. Tampoco entiende que el Ayuntamiento le haga retirar el compresor si el resto de aparatos colgados en las distintas fachadas que ve desde su ventana no se van a quitar, y los de la fachada principal de su edificio tampoco, así que tampoco comprende a la comunidad de propietarios. No puede asumir el gasto de las ventanas que quiere el Ayuntamiento ni comprar un nuevo compresor para su aire acondicionado; el que tiene es un modelo antiguo y no le sirve para llevarlo a la azotea porque no tiene bastante potencia.

Antes de darle mi respuesta ya sabía que no le iba a gustar. Pelearse con una Administración Pública es un mal negocio, y más si la comunidad adopta acuerdos que coinciden con lo solicitado por el Ayuntamiento (tampoco tenía más remedio). Ana me recuerda a Josef K., el protagonista de «El proceso», la novela de Kafka. Para ella la ley es un laberinto incomprensible y absurdo.

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