Poder notarial para vender la vivienda, en caso de fallecimiento de una hija, divorciada y con un hijo con custodia compartida.

Mi hija, divorciada tiene un hijo del que comparte custodia con su exmarido. Después del divorcio y hace aproximadamente un año adquirió una vivienda (propietaria al 100%) de la cual paga actualmente la hipoteca. Se ha dado la circunstancia de que ha cogido una enfermedad que le podría llevar al fallecimiento sin saber la evolución en el tiempo de esta posible circunstancia.

Mi pregunta es que si ¿mi hija me puede autorizar un Poder Notarial para ejecutar la operación de venta de dicha vivienda en caso de su fallecimiento de manera qué se intente recuperar el capital amortizado (15%-20%) y este pase a beneficio íntegro de su hijo (mi nieto)?. Ya que de otra forma me figuro que la vivienda quedaría en poder del banco en cuanto se dejara de pagar los recibos de la hipoteca y ese capital ya amortizado no se podría recuperar.

Este Poder ¿está por encima de los derechos que pudiera tener el padre de mi nieto para reclamar posibles bienes de herencia hacia su hijo?

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Conviene matizar las cuestiones:

Un poder notarial amplio para vender deja de tener efecto en el momento en que fallezca su hija.

El padre de su nieto puede reclamar la herencia de éste, en concepto de administrador no de dueño.

¡Gracias! 

¿Al contratar la hipoteca no le exigieron un seguro de vida?

Si se lo exigían al principio pero tras negociación le subieron un 0.1 el interés de la hipoteca de tipo fijo y le concedieron sin el seguro de vida.

En tal caso habría que examinar la escritura de hipoteca para determinar qué es lo que más le conviene hacer ahora.

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