¿Cómo se calculan las secuelas tras el alta de un accidente de tráfico?

Tuve un accidente de tráfico in-itinere. Tras 5 meses de baja me dan el alta la muta.

Una semana después del alta ingreso en el hospital con fuertes dolores lumbares (tras diagnosticarme durante el accidente L5-S1). Tras este acontecimiento sigo de alta (sin haber cogido la baja). Y el médico de urgencias me remite al de cabecera para ir al especialista.

Mi duda, es acerca de ¿si todo este trámite debo presentarlo al seguro para considerarlo secuelas?.

Según tengo entendido tendría los 150 días como moderados a efectos de indemnización, ¿los consiguientes contarían como básicos?

¿Alguien podría hacerme una breve explicación?

6 Respuestas

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Te adjunto un articulo que te va a venir de lujo. Y no porque lo haya escrito yo (que también) sino porque creo que te aclararía bastantes conceptos que creo que están bailando.

https://miguelrivasespana.es/como-se-calcula-la-indemnizacion/ 

Si pinchas en las etiquetas, encontraras otra entrada sobre cómo reclamar (es obligatorio reclamar amistosamente antes de cualquier demanda judicial).

Con 150 días de baja, por el tipo de lesión que comentas y si consideras (sinceramente) que te has tratado constantemente (no has abandonado el tratamiento) y has puesto empeño en sanarte lo antes posible deberían darte todos los días moderados. Y si el dolor persiste tras el alta médica (que lo laboral), considerar la escuela.

Ojo con mi respuesta Jorge, que es orientativa. Lo mismo tienes una lesión previa agravada, o lo mismo ibas a rehabilitación un día a la semana o incluso los daños de tu vehículo son minúsculos.

Un saludo y espero que te mejores y puedas secuir disfrutando de tu salud

Primero que todo muchísimas gracias por el artículo creo que era necesario, un artículo claro y conciso. Así que a parte me archivo el link por si alguien necesita, ya que es muy bueno.

Finalmente he ido hoy al médico perito-forense privado. Y me otorga 150 de días moderados+ 3 puntos de secuela postraumática cervical+ 7 puntos de hernia discal. Lo que aplicando la fórmula correspondiente son 10 puntos de secuela según el doctor.

Estoy tratando de conseguir donde puedo ver el precio por punto de secuela pero no lo encuentro en ningún lugar.

Muchas gracias por la información que me facilitó y muy buen artículo.

Para conocer lo que te corresponde por puntos de secuela acude a https://www.boe.es/boe/dias/2015/09/23/pdfs/BOE-A-2015-10197.pdf hay una tabla en la que en función de la edad, se asigna una cuantía económica a cada punto. Ronda los 700-800€ por punto.

Tambien te digo. Yo suelo reclamar primero, negociar un poco con la compañía y que te hagan un pago a cuenta sin firmar finiquito. Y una vez tengas la oferta de la compañía, solicitar la intervención del instituto de medicina legal.

Seguramente te ofrezca algo más que la compañía, aunque menos que un perito privado (pero sin pagar al perito porque es gratis para ti). También te digo que el IML es más fiable que un perito privado (más neutral) por lo que los jueces suelen aceptar más este informe.

Muchísimas gracias.

Me pongo en contacto con usted, mediante su correo de la página web. Tal vez, me interese que me lleve el caso le envío un correo y hablamos el jueves.

¡Muchas gracias Miguel Ángel!

Por supuesto, puees escribirme cuándo y cómo desees.

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Hacer un juicio de valor sin tener tooooooooda la documentación del accidente es como dar palos de ciego.

Un Corredor de seguros o Correduría le puede ayudar perfectamente a la vista de lo que presente sin equivocarse.

Simplemente es eso. Mi última visita con el seguro fue cuando me dieron el alta para entregarles la documentación. Por tanto según lo que usted dice, debo de entregar la documentación de mis visitas posteriores tanto el del hospital como el volante que estoy esperando visita con el especialista, ¿no?. 

Muchas gracias por su respuesta anterior! :)

Veamos, lo que Usted pregunta es si presenta o no documentación y si cobra 150 días o no.

Repito que no se puede hacer juicio de valor sin ver documentos y actuaciones.

Puede acercarse, como ha hecho, a su seguro y que le tramiten todo y le pueden informar de forma gratuita.

Pero si se quiere quedar mas tranquilo, un experto como un Corredor es quien mejor le puede indicar que documentos a presentar, que cantidad tiene derecho cobrar, y se enterará de primera mano como hacer, etc, etc, etc.

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No soy experta pero sé que hay unos baremos para secuelas y una cantidad por día impeditivo

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¿La "segunda" baja está relacionada con el accidente por el médico que la atendió? Quiero decir, ¿Ha puesto que es una recaída de la lesión anterior?

Si tienes un Agente o Corredor gestionando tú póliza es quien mejor te puede asesorar porque conoce el siniestro desde el principio y tendrá toda la documentación.

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Sí debe presentar esta segunda documentación. Precisamente por si se puede incluir este daño, como secuela, o como daño básico si sigue de alta.

También podría ocurrir que este daño no estuviera relacionado, pero eso lo deben determinar los forenses. Y si no presenta la documentación no se tendrá en cuenta y perderá la posibilidad.

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Si está de alta, será un día no impeditivo, creo.

Guarde siempre toda la documentación,

Le envío lo que dice el baremo:

https://baremo.tirea.es/ 

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