Custodia compartida concedida tras recurso a la Audiencia Provincial ¿Cuándo entra en vigor?

Tras años de lucha, la Audiencia Provincial me ha concedido la custodia compartida de un hijo de 10 años que tengo con mi ex-pareja. Hasta este momento la custodia lo tenía ella y la patria potestad era compartida tal como dictó el Juzgado de Violencia en su momento.

A finales de octubre salió ya la sentencia y en ella se dice que la parte demandada (la madre) tiene derecho a realizar recurso de casación (al Tribunal Supremo). Amistosamente le propuse a la madre, con la sentencia en la mano, que la pusiéramos ya en marcha tras la decisión del Tribunal de la Audiencia Provincial, sin embargo, ella se niega porque dice que aún no es firme.

Quisiera saber si ¿ya podría ejecutarse desde el mismo día que la Audiencia Provincial la dictó o tendría que esperar al recurso de casación, sea o no admitido, o que el Juzgado de Violencia de su visto bueno?

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Mientras no sea firme esa sentencia no puede solicitar su ejecución, si se admite a trámite el recurso de casación puede solicitar la ejecución provisional

Gracias, pero ¿podría hacer ya lo que dice la Audiencia o hay que esperar?

Dependerá de la opinión de la otra parte.

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Desde el momento de la sentencia a no ser que especifique que queda paralizada durante el plazo para recurrir.

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