Están obligados en el centro base a medir o valorar los grados de movilidad

He pasado por centro base me han dado el mismo porcentaje después de operarme de columna, pero nadie me ha valorado los grados de movilidad reducida que me ha quedado ni la parálisis irreversible de la pierna. Tengo treinta días para reclamar.

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I. Hola Compañero, le agradezco que me dirija su consulta,

Aunque no estoy del todo seguro, creo que los grados de movilidad deben siempre considerarse y ser valorados por el mismo tribunal que nos otorga el porcentaje de discapacidad, puedo estar en un error pero es lo que tengo entendido... quizás el baremo de movilidad reducida deba valorarse de manera independiente...

Tengo una discapacidad del 40%, y observo que en la tarjeta de discapacitado (muy similar a una tarjeta de crédito), figura tambien el baremo de movilidad reducida, negativo en mi caso.

Quizás el detalle se encuentra en hasta qué punto su movildad se vé comprometida, dado que los baremos actuales por desgracia son muy exigentes y el tribunal con frecuencia valora cada cuadro médico a la baja. (Otorgando un grado menor del que la enfermedad o secuela debería tener, considerando las consecuencias o repercusión negativa que tienen en la persona).

Si usted puede desplazarse por sí mismo aún con dificultad, quizás -aunque no parece lógico- hayan considerado que su grado movilidad no es lo suficientemente reducido..

En este enlace podemos ver el tema más en profundidad, por ejemplo, llama la atención que de entrada, si he comprendido bien, este baremo necesita solicitarse de manera independiente al grado de discapacidad, y sólo es aplicable en caso tener un 33% (como sabrá, es el porcentaje mínimo para poder tener la condición de discapacitado), y -lo más sorprendente según la información de esta página-, estar empadronado en Madrid.

Dígamos por favor su grado de discapacidad total, aunque comprendo que superará el 33%

http://famma.org/preguntas-frecuentes/100687-baremo-de-movilidad 

Comentar como curiosidad, que tambien existe la posibilidad de obtener una 'tarjeta especial de aparcamiento', que se otorga a Personas con Movilidad Reducida (PMR) que sean propietarios de un vehículo y conductores de éste o para que sean transportadas ya que, debido a su movilidad reducida, no pueden conducir. A mediación del enlace anterior se detallan los pasos necesiarios para solicitarla.

Para reclamar, temo que tampoco estoy muy seguro de qué pasos seguir, creo que debemos solicitar una revisión del grado/porcentaje otorgado de discapacidad

https://www.papelea.com/generalitat-valenciana/solicitud-de-revision-del-grado-de-discapacidad-por-agravacion-mejoria-o 

http://www.madrid.org/cs/Satellite?definicion=Autorizacion+Licencia+Permiso+Carne&buscador=true&c=CM_Tramite_FA&pagename=ComunidadMadrid/Estructura&cid=1109168990303 

http://www.solucionesong.org/consulta/que-vias-juridicas-o-administrativas-de-reclamacion-tenemos-disponibles-para-casos-en-que-se-deniega-el-reconocimiento-de-minusvalia/13539/view 

Siento no saber responderle con más exactitud. Mucho ánimo.

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