Herencia que no tengo clara división y cancelar hipoteca.

Necesito tener claro un tema, si dos personas compran un local, al 50 % una de las partes fallece, son marido y mujer en gananciales. Al reparto se debe parte de la hipoteca cerca de 12 mil euros. Los seguros de la hipoteca han abonado los importes del seguro por fallecimiento. El tema es que quiere uno de los herederos que todo lo que sea en efectivo se utilice para liquidar esa deuda, independientemente y liberar la hipoteca, ¿es esto correcto?.. ¿Acaso lo que vamos a heredar no esta cancelado?. Solo heredamos el 50% del muerto, el otro 50% no continua a cargo de el vivo.?. ¿La deuda con el banco es responsabilidad de los hijos? ¿Si la otra mitad esta viva y pagando el préstamo? Yo interpreto que la deuda es del vivo que goza del beneficio del 50 a su nombre en escritura. Lo que se reparte es lo del muerto.. ¿estoy en lo cierto o no?

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Está en lo cierto relativamente. Es cierto que el dinero que han pagado los seguros corresponde a la persona que ha fallecido y lo que queda por pagar es la parte de la persona que aún vive, pero casi con toda seguridad la escritura de la hipoteca dispone, porque los bancos siempre lo exigen así, que las partes se comprometen solidariamente a pagar, o cualquier otra expresión que indica que se trata de una obligación solidaria,

Una obligación solidaria es aquella en la que las partes se comprometen conjuntamente a pagar la totalidad de la deuda y eso quiere decir que la tienen que pagar entre todos independientemente del grado de participación que tengan en la sociedad, es decir si uno no paga nada, el otro lo tienen que pagar todo. Luego, el que ha pagado la parte del otro copropietario, puede exigirle su parte, pero ahí ya se tienen que entender entre los propietarios, al banco lo único que le interesa es que si uno no paga, se lo pueden exigir todo al otro.

Por lo tanto, aunque la deuda sea toda de la parte de la persona que vive, si ella no paga, lo tendrán que hacer el resto de propietarios.

Sin embargo piense que si liquidan la deuda y luego la otra persona fallece, el seguro de ella ya no les dará nada, pero si siguen pagando la hipoteca sin cancelarla, en caso de fallecer, su seguro también pagaría esa parte.

A ustedes les corresponde hacer sus números.

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Faltan datos:

-Relación vuestra con respecto al fallecido y al superviviente.

-Comentas que los seguros se hacen cargo de la deuda pero después te desdices.

Te voy a dejar mi email, [email protected], envíame un email y lo comentamos de manera más directa.

esa es la duda...por que aun existe deuda, si en banco pago la parte del fallecido, acaso hay que cubrir el otro 50% del vivo? Relación, ex-nuera.Te escribo al email. Gracias por tu respuesta.

Por lo comentas, parece que en la hipoteca, ambos suscribieron un seguro de vida por la mitad del importe hipotecado.

En este caso, con respecto a la otra mitad que queda pendiente de pago, no existe obligación de cancelarla.

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