Herencias de deudas

¿Si el padre de mis hijos (menores de edad), del que estaba separada, ha dejado deudas, éstas pasan a mis hijos y por lo tanto a mí? Si es así ¿Cómo puedo evitarlo, puesto que me parece injusto? Ya estaba desligada de esta persona y no me parece de justicia que me tenga que hacer cargo de sus deufas.

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Primero: - Las herencias son un derecho. No son una obligación.
Osea, que se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar.
Y tanto una cosa como la otra ha de hacerse ante notario.
Segundo: Al aceptar la herencia de una persona, aceptas derechos y obligaciones. Se acepta todo.
Por ejemplo, si deja un piso y tiene hipoteca, los herederos pasarán (si aceptan la herencia) a se4 propietarios del piso, pero se ven obligados a pagar la deuida de la hipoteca.
Tercero: Aunque no lo dice, pero me parece entender que su ex ha fallecido.
Si es así, hay que ver si hizo o no testamento.
Si hizo testamento, hay que ver el reparto que hace de su herencia.
Si no hizo testamento, sus herederos son los hijos a partes iguales.
A usted, no le corresponde nada de herencia, ya que está separada de él. Osea, que usted no va a pagar nada.
Pero si hay deudas y sus hijos aceptan la herencia, tendrán que pagar también las deudas.
Así que es verdad que no es justo que usted tenga que pagar nada. Pero es que tampoco es heredera.
Solo estarán obligados, aquellos que acepten la herencia.
De todas formas, le recomendaría que no se duerman. Que hagan lo que sea, rápido. No tienen mucho tiempo. Vean lo que deja, en bienes y deudas y decidan si aceptan o no.
Pero no dejen pasar el tiempo, que es peor.
Muchísimas gracias por su respuesta. Me gustaría aclarar unos temas. La aceptación o no de la herencia, entiendo que es en su totalidad ¿verdad? Supongo que no se puede aceptar parte y rechazar otra. Porque de ser así se aceptan los bienes y no las deudas de sociedades, por ejemplo. Por otra parte, entiendo perfectamente que yo, como persona física, no tengo que pagar ninguna deuda de mi ex fallecido, pero al ser los hijos menores de edades, creo que me convierto en su representante legal y por lo tanto esa losa recae en mí, ¿es así? Efectivamente ha dejado testamento pero aún no se ha abierto (hace 2 semanas que falleció). Él falleció en Granada (su lugar de residencia) y yo resido en Málaga. ¿Es mejor que mi abogado sea de Granada (para estar sobre plaza para las gestiones) o que esté en Málaga? Un cordial saludo.
Pues claro que es en su totalidad. Ya le he puesto el ejemplo del piso con hipoteca. Se acepta una cosa y la otra. No vas a dejar al banco sin cobrar.
Aunque también es verdad que todos los bancos te "medio obligan" a hacerte un seguro de vida, y en caso de fallecimiento, ese seguro paga la hipoteca y el piso queda libre de cargas.
Lo otro, pues efectivamente, pero si son menores de edad, no tienen edad legal para aceptar. Ha de hacerlo su tutor legal en su nombre, y hasta que no cumplan 18, no les pueden obligar a aceptar.
También una vez tenga el testamento, puede hacer averiguaciones. A ver realmente que deja en derechos y obligaciones.
Con certificado de defunción, dertificado de últimas voluntades y testamento, los bancos ya podrán informarle de todo.
De momento, para todo eso, no necesita abogado.
Todo lo puede hacer usted misma en Málaga. Como mucho, tal vez una gestoría para conseguir notas simples del registro de la propiedad.
Pero primero, ver el testamento.
Cuando hayan pasado 15 días hábiles desde el fallecimiento, ya puede ir a la secretaría del ministerio de Justicia de Málaga que está en Muelle de Heredia. El portal al lado de un estanco, Entrando por la esquina de c/ Córdoba. Frente a una parada de bus. ( Que como se tanto, pues porque vivo en Málaga, jajajaja. Cosas de la vida).
Y pide el certificado de últimas voluntades y el certificado de seguros de vida, que ya se pueden pedir.
Y con lo dicho, pues a bancos y tal, a pedir certificados con saldos al día del fallecimiento y extractos de al menos un año antes, a ver si recibía dividendos, por tener acciones, o intereses por tener imposiciones, o si aportaba dinero a un plan de pensiones o de jubilación, o si pagaba un seguro de vida... también saldrán los IBIs de las propiedades que tuviera... los préstamos hipotecarios, o personales, o tarjetas de crédito que tuviera... en fin. Reunir mucha información, que usted puede hacerlo personalmente. Un abogado le cobraría un riñón y medio por eso. Son solo gestiones.
Pues nada, un saludo y ya sabes por donde me tienes.
Si no tienes más que añadir, me finalizas la pregunta. ¿Vale?.

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