Si heredas un bien

Entonces en caso de que el beneficiario del seguro sea el banco, es cuando tengo que seguir pagando la hipoteca, y claro el banco seria el dueño de la parte heredada de la herencia, en caso de renuncie la herencia

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No se entiende muy bien su pregunta, pero creo que es que una persona ha fallecido, tiene un piso, con hipoteca, y paga un seguro de vida.

Normalmente los bancos aconsejan (muy bien aconsejado) a aquellos que pagan una hipoteca que se hagan un seguro de vida.

Como normalmente el banco interviene en el seguro (ya que son los primeros interesados), resulta que el titular, paga el seguro y si fallece, el banco reclama a la compañía de seguros, esta paga la hipoteca y el piso queda totalmente libre de cargas y deudas, con lo que los herederos heredan sin tener que pagar la hipoteca ya que la paga el seguro.

Hola buenas noches. Entiendo que entonces aunque no este de beneficiario de seguro al cobrar el banco del seguro la parte que me toca de herencia no me la puede reclamar el banco, osea no tendría que pagar la hipoteca, bueno libre de carga no queda porque la mitad es de la esposa que esa parte no esta pagada por el seguro, solo esta la parte que heredo, la otra mitad no. Gracias

Lo primero que ha de hacer es localizar o pedir copia de ese seguro, para ver la cantidad asegurada y resto de condiciones.

El banco se la debe dar.

En todo caso, primero ha de conseguir (imagino que ya lo tiene), certificado ORIGINAL de defunción.

Con ese certificado, va a la secretaría del ministerio de justicia de su ciudad y pide el CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES, en el que le dice ante qué notario hizo testamento y en que fecha. Ese testamento es el único válido.

Si no lo tiene, se lo pide al notario.

De paso, al pedir el de últimas voluntades, pide el de seguros de vida, en la misma secretaría.

Con el testamento que demuestra que es usted heredero, y los certificados mencionados, ya tiene derecho a todo tipo de información. Nadie se la puede negar.

Puede pedir saldos en bancos, movimientos de cuentas... y además, ponerse en contacto con la compañía de seguros.

Si como dice, el seguro solo está a nombre de una persona (que es la fallecida), ver bien, la cantidad asegurada, ya que muy posiblemente sea la totalidad de la deuda de la hipoteca.

Así que el piso habría de quedar totalmente pagado.

No quedaría hipoteca pendiente.

Por otro lado, puede ser que el seguro sea por una cantidad fija, o que sea solo por lo que de hipoteca se debe, con lo cual, como se paga una vez al año, se ajusta a lo que se debe cada principio de periodo de validez del seguro.

Por tanto, como cada mes se paga la hipoteca y lo que se debe se va reduciendo mes a mes, le sobrará dinero, que puede usted pedir al banco. Es suyo.

Ya no puedo decirle más, ya que no dispongo de documentos ni contratos, pero usted si que puede ver la póliza del seguro, y por supuesto, busque el último recibo pagado.

Bueno, le deseo mucha suerte y ánimo que casi seguro que el seguro la va a pagar la totalidad de la hipoteca del piso.

Un saludo y hasta otra y no olvide finalizarme la pregunta.

Tengo otra duda si renuncio a la herencia para quien es si la otra parte también renuncia, solo queda la viuda que es la propietaria del otro 50%, porque en el testamento los herederos del otro 50% que eran del difunto son los que deja a su madre y a su hermano, la viuda no aparece para nada en el testamento.

Gracias

Desde luego, si existe ese seguro del que ha de informarle el banco o recurrir usted la compñía aseguradora, ya le he comentadoque posiblemente se pague toda la hipoteca y el piso quede libre de cargas.

Pero bueno, si usted quiere renunciar a laherencia, usted sabrá. Tendrá sus motivos.

Si usted tiene hijos alrenunciar, su parte de herencia pasa a ellos.

Si no tiene hijos, los otros herederosheredarán su parte.

<A la viuda, aunque no aparezca eneltestamento, le corresponde por leyun tercio de esa herencia en usufructo. Concretamente el tercio de libre disposición, que por lo que me dice, seguramente se lo habrá dejado a su hermano.

Usufructo no es propiedad, solo es derecho a goce o disfrute.

Un saludo y no olvide finalizar si no tiene más

E preguntado lo de la renuncia porque el 50% es de la viuda pues la parte suya no entraba en el seguro el seguro solo correspondía a la parte de mi hermano osea el 50%, el piso lo tenían al 50% cada uno osea queda libre de carga solo el 50% osea si yo acepto la herencia tendría que pagar el impuesto de sucesiones que no se cuanto tendría que pagar y ademas todos los gatos que tenga cada mes y cada año aparte las reformas por desperfectos en la comunidad y seria un piso que no tendría a mi disposición puesto que estaría viviendo la viuda a mi corresponde solo el 25%, claro que no se si tengo que pagar lo mismo al renunciar por eso pregunto cuando lo tenga claro decidiré que hacer.

Gracias

No queda pagada la mitad del piso.

Queda pagada la mitad de la hipoteca, que seguirá válida para todo el piso.

Si no acepta la herencia, nada ha de pagar.

Los impuestos solo se pagan por lo que se recibe y usted no va a recibir nada.

Osea que entonces si acepto la parte de la herencia tendría que seguir pagando la hipoteca, y si renuncio no pago nada, claro que tampoco quiero que pase amis hijos. Osea que me han dejado un marrón que no se que hacer.

Gracias

Como es lógico, la hipoteca es sobre todo el piso,, luego si no se paga el banco embarga. Y embarga todo el piso.

La vivienda por su naturaleza, es indivisible. No se puede embargar medio pasillo, ni media cocina.

También es verdad que la persona que vive en el piso es la más interesada en pagar la hipoteca, ya que le quitarían el piso que es su domicilio, pero también es verdad que si pasa a ser coropietario, ha de pagar su parte de la hipoteca y gastos y se lo puede reclamar judicialmente siendo seguro que va a ganar el pleito.

También es verdad que ocupa la totalidad del piso, (su parte incluida), y puede usted solicitarle que le pague el alquiler de esa parte.

En fin, que hay que valorar todo y pensar muy bien la decisión a tomar.

Respecto a su renuncia, puede hacerlo, pero entonces su derecho pasa a sus hijos.

Si ellos son mayorespueden renunciar también, y se quitan el " marrón" de encima.

Si son menores, ha de llevar el tema a la fiscalía de menores para que autoricen el que sobre los menores no recaiga una herencia, que como es lógico, no van a poder pagar su parte de gastos, ya que son menores y no tienen recursos.

Una tercera solución, es ponerse en contacto con una de esas empresas que compran proindivisos. Puede buscarlas en GOOGLE poniendo "compra proindivisos herencias".

A ver que le ofrecen, pues al menos podría sacar algo.

En fin, yo no puedo ayudarle más.

Las mencionadas son las opciones de que dispone.

Ninguna muy buena que digamos (incluida la de renunciar a la herencia).

Ya es cuestión de que usted estudie las opciones y se decida por alguna.

Por cierto, que le aconsejo que se de prisa pues Hacienda puede reclamarle los impuestos de sucesiones como heredero, con recargos, intereses de demora y multa por defraudación.

El plazo legal para liquidar el pago de los impuestos de sucesiones es de seis meses tras el fallecimiento.

Un saludo y espero que tome la decisión más provechosa.

NO OLVIDE FINALIZARME LA PREGUNTA para que se me quede libre-

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