Piso heredado poner a nombre de los dos conyuges

Mi marido acaba de heredar el piso de sus padres, el cual es el que vivimos desde que nos casamos. ¿Qué gastos llevaría el poner la mitad a mi nombre?

Respuesta
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Lo que vd llama poner la mitad a su nombre significa que su marido le venda o le done esa mitad de la vivienda, puede suponer un gasto considerable: Notario, Registro y sobre todo Impuestos, ITP o Impuesto de donaciones, IIVTU, amén de la repercusión en IRPF para su marido.

Muchas gracias por su respuesta, pero si esto supone una cantidad considerable, la cual ahora mismo no disponemos, hay otra manera de hacerlo?

Si lo que pretende vd es no tener problemas al faltar su marido para vivir en ese piso puede haber una solución más sencilla y económica mediante un testamento recíproco, porque para que vd adquiera el cincuenta por ciento no hay otro medio que la venta o donación.

un testamento recíproco es un testamento normal, o tiene alguna diferencia?

En Aragón tiene la diferencia de que ambos cónyuges firman el mismo documento, declarándose recíprocamente herederos universales, en los demás sitios puede ser distinto. Acuda a un Notario de su ciudad, se sorprenderá de lo poco costoso que es hacer testamento.

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