Las leyes y ordenanzas municipales prescriben?

Tengo una bajera alquilada desde el 2004 como cuarto o peña con sus correspondientes gastos de obra. En el 2005 el ayuntamiento saco una ordenanza de cuartos en la cual no podían estar más de dos cuartos abiertos en una misma comunidad y todos deben estar con sus medidas de seguridad. Volví hacer obra con salida de emergencias, insonorización... En el 2006 me dicen que no puedo abrirlo porque hay otro en la misma comunidad que es dos meses más antiguo que el mío. Intente pedir licencia de apertura pero se me denegó. Al año lo volví a abrir y hasta ahora ha estado alquilado sin ningún problema de vecinos y el ayuntamiento me obliga a cerrarlo por las causas antiguas del 2006. Mi pregunta es: ¿Puede prescribir o caducar un ordenanza si se ha estado incumpliendo desde el 2005 hasta ahora?

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La normas imperativas de cualquier clase que sean no caducan ni precriben, en su caso habría que ver el desarrollo de la cuestión pormenorizadamente, para determinar si se puede vd acoger al silencio administrativo o al consentimiento administrativo tácito.

La lectura de eso le puede ilustrar:

EL SILENCIO ADMINISTRATIVO

EL SILENCIO ADMINISTRATIVO (II)

El silencio administrativo en la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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