Plusvalía división horizontal después de herencia

Quisiera saber cuando prescriben las plusvalías de una división horizontal.

Resulta que heredamos una casa e hicimos división horizontal del terreno los hermanos. Bien pues estoy viendo que liquidamos las plusvalías de la herencia en 2009 pero las de la división horizontal que se hizo en el 2010 me parece que no están liquidadas. ¿Por eso me surge la duda esto estará prescrito ya o por el contrario nos lo pueden reclamar desde el Ayuntamiento? Estamos preocupados porque es un terreno grande y en su día nos cobraron casi 30000e de las plusvalías de la herencia.

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La división horizontal de una casa por si sola no genera plusvalías.

Hola Pedro muchas gracias.

Tengo aun así una duda. El terreno lo herede de mi madre que lo tenía a medias con mi ttío. Hicimos una división horizontal para adjudicaron cada uno una casa. Por lo visto me terminó de enterar hoy de que el abogado que lo llevo no llevo la escritura al Catastro. (Me he enterado de casualidad porque he ido a hacer otra cosa al Ayuntamiento y me han dicho que el ibi salía a nombre de mi tío sólo. Yo les he dicho ya pero somos más propietarios y me han confirmado que aparece sólo a nombre de el y de su difunta mujer) es entonces cuando he empezado a indagar y he llegado a la conclusión de que no llevaron la escritura al Catastro. El problema es que he ojeado la web del Catastro y pone que necesito mil papeles entre ellos planos acotados de todo. Los cuales no tengo yo sólo tengo un certificado descriptivo visado que me pidieron en su día para hacer la div horizontal. ¿QUÉ puede pasar si no lo arreglo por ahora en el Catastro? ¿Pueden sancionarnos por no haberlo hecho en su día? ¿Es posible que me hicieran la div horizontal en el notario y este registrado así en el registro de la propiedad y ahora en el Catastro nos pidan todo esto? Y por último en caso de que no hagamos nada por ahora si fallece mi tío. ¿Pueden heredar sus hijos mi casa?( ¿Aunque tengo la escritura a mi nombre como en el Catastro no aparezco?)

Muchísimas gracias por todo.

El catastro es un registro administrativo que no puede ir en contra de lo inscrito en el Registro de la Propiedad, le digo esto para su tranquilidad, entiendo por otra parte que la rectificación de la situación catastral para adecuarla a la realidad no debe ser tan complicada.

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