¿Quién tiene más derecho a reclamar título nobiliario familiar?

Existe un título nobiliario familiar que quedó vacante 15 años ANTES de la Ley de Igualdad de Zapatero de 2006 para las Sucesiones Nobiliarias.

Necesito se me enumere por orden de más derecho a menos derecho de esta lista a todas las personas de reclamar y suceder ese título:

Causante del título vacante es el tío Pérez, que nunca se casó ni tuvo hijos. Ahora sus sobrinos-nietos piensan reclamar su título nobiliario vacante.

Emilia Pérez (hermana mayor de 50 años viva con una sola hija viva llamada Cristina)
José Pérez (2º hermano fallecido con una sola hija viva llamada Jacinta)
Jaime Pérez (3er hermano fallecido con un solo hijo varón vivo llamado Francisco)

Nota: Los padres de Emilia, José y Jaime fallecieron antes que su tío-abuelo Pérez.

Puntúo con máxima nota.

2 respuestas

Respuesta

La sucesión tiene lugar cuando habiendo fallecido el poseedor legal de una merced nobiliaria, ésta queda vacante y ha de procederse a su transmisión.

"Ocurrida la vacante de una de estas mercedes, el que se considere como inmediato sucesor podrá solicitarla del Ministerio de Justicia en el término de un año; si nadie lo hiciese en tal concepto se concede otro plazo, también de un año, para que lo verifique el que le siga en orden de preferencia y, si tampoco en ese tiempo hubiere ninguna solicitud, se abrirá un nuevo término de tres años durante el cual puede reclamar cualquiera que se considere con derecho a la sucesión"

Orden de sucesión

El orden de suceder en todas las dignidades nobiliarias se acomodará a lo dispuesto en el título de concesión y, en su defecto, al que tradicionalmente se haya seguido en esta materia. Cuando en la Carta de creación del título nobiliario ésta no tenga un orden específico para suceder en dicho título se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

  • Se establece la preferencia absoluta de la línea recta descendente sobre la colateral y ascendente, o dentro de la misma línea, se elegirá el grado más próximo al más remoto y, dentro del mismo grado, el de mayor edad sobre el menor, combinando con los principios de primogenitura y representación.
  • El hombre y la mujer tienen igual derecho a suceder en las Grandezas de España y títulos nobiliarios, sin que pueda preferirse a las personas por razón de su sexo en el orden regular de llamamientos.

Atentamente,

Ángel Asensio

ABOGADO

www.asensioadvocats.com

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