.Hace 20 años falleció mi padre dejando un testamento en el que sus herederos eran sus cuatro hijos.

Dos hermanos renunciron a la herencia, sin embargo heredaron un piso cada uno y posteriormente lo vendieron. Heredamos otro de mis hermanos y yo legalmente. Esos dos pisos no se declararon no se porque motivo porque yo que soy torpe y confiada no vi nunca mala fe. Hasta hace un año no he leido la escritura de esta herencia y creo que no actuaron bien y probablemente fui yo la que pagó los impuestos de sucesión. ¿Esto es denunciable? ¿Ha prescrito? Estoy refiriendome a Comunidad de Madrid.

1 respuesta

Respuesta
1

Voy a intentar contestarle según lo que he podido entender, ya que no me ha quedado claro del todo lo que ha ocurrido exactamente.

Me comenta que sus dos hermanos no aceptaron la herencia de su padre, pero después me comenta que heredaron un piso cada uno... esto tal y como lo comenta no podría ser, ya que si renuncian a la herencia tienen que renunciar a ella totalmente, es decir, no pueden renunciar solo a una parte. De manera que si heredaron un piso cada uno, es porque aceptaron la herencia.

Respecto a lo del pago del impuesto de sucesiones hay dos formas de liquidarlo, pero el pago corresponde a cada uno de los herederos, no a uno solo. Las dos formas son:

- Autoliquidación: Forma en la cual tiene que existir conformidad entre todos los herederos.

- Administrativa: Cuando no haya acuerdo entre herederos, se puede presentar ante Hacienda la documentación necesaria para poder liquidar el impuesto, siendo la propia Administración la que determine el importe de la deuda tributaria.

En contestación a su pregunta habría que saber exactamente qué ocurrió, porque puede ser que en realidad usted liquidase solo su parte o según me comenta, liquidase de su dinero la de todos. Si fuese éste el caso, sí podría reclamarlo, ya que el impuesto de sucesiones le corresponde, independientemente a la forma de pago en la que se realice, a cada heredero, es decir, cada uno bien sea en conjunto o individualmente, tiene que pagar su parte.

Espero haberle resuelto su duda. Si necesita cualquier aclaración no dude en preguntarme.

Sí le pido por favor que valore la respuesta para así poder seguir contestando a otros usuarios.

Buenas tardes, gracias por responder tan brevemente, espero poder explicarme mejor. Al fallecimiento de mi padre no se declararon las viviendas que se adjudicaron estos dos hermanos que renunciaron a la herencia. Sin embargo, mas tarde las vendieron. No me explico como pudieron realizar esto.

No se preocupe, se explica bien, lo que ocurre es que es un concepto difícil de entender ya que legalmente lo que comenta es imposible. Las dos viviendas que comenta que vendieron sus hermanos posteriormente al fallecimiento de su padre y que además renunciaron a la herencia... no es algo posible, tiene que haber una parte que se nos escapa.

Para vender una vivienda, si se hace a través de Notario (es decir no es un contrato privado entre particulares) es imprescindible que la nota del Registro esté a nombre del vendedor. Desde el fallecimiento de su padre hay una serie de trámites que no es posible saltarse para que algo que estuviese a su nombre pude pasar a nombre de herederos, es decir, si las viviendas estaban a nombre de su padre, en un momento u otro han tenido que ser transmitidas a sus hermanos, si no, es imposible que ellos vendan, al menos sin cometer ningún tipo de acción no legal. Posiblemente su padre en vida donase éstas viviendas a sus hermanos sin que ustedes los supieran, es posible que antes de fallecer hiciese esa donación y las pasase a su nombre, en ese caso, no se declaran en la herencia porque ya no son de su padre y sus hermanos pueden renunciar perfectamente a la herencia, ya que si hubiesen hecho esta gestión, cuando su padre falleció, ya eran ellos propietarios. Es que es lo único que se me ocurre, ya que de ser después del fallecimiento y si no aceptaron la herencia, es totalmente imposible que ellos realizaran esa venta.

Si lo que quiere realmente es ver si hubo o no donación a sus dos hermanos antes del fallecimiento de su padre, solicite al Registro de la Propiedad de donde pertenezca cada casa una nota simple extensa, no la normal, y así podrá comprobar qué movimientos han tenido esas viviendas.

Cualquier cosa que necesite saber, no dude en escribirme.

Sí le vuelvo a pedir por favor, antes de nada, que valore la respuesta para poder seguir contestando a otros usuarios.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas