Embargo de bienes Privativos

Somos 5 hermanos y mi madre actualmente está viva.
En el año 1985, mi padre falleció sin dejar testamento. Realizamos la Declaración de Herederos, y nada más ( no hicimos cuaderno particional, ni se realizó reparto alguno de los bienes ni del dinero ).
En el 1990 Hacienda nos requiere el pago del Impuesto de Sucesiones, donde se especifica cada uno de los bienes, a cada uno de nosotros ( mi madre y los 5 hermanos ). El cual se paga por parte de cada uno de nosotros. Todos los requerimientos y el pago es firmado por nuestro hermano mayor. La segunda hija, aunque es mayor de edad no firma el pago del Impuesto de Sucesiones.
Pasan los años y no se realiza ninguna partición de bienes ni cuaderno particional. La titularidad de los bienes NO SE MODIFICAN, apareciendo todavía los nombres de nuestra madre y nuestro padre, en cada uno de los Registros.
La Segunda hija, se casa con su esposo a posteriori en año 1990 en Régimen de Gananciales, pero después de haber liquidado con Hacienda.
Mi cuñado, monta una empresa con dos socios más, esa empresa al necesitar financiación los bancos obligan a que firmen las Pólizas de Descuento y de Crédito a Titulo personal cada uno de los Cónyuges.
La empresa viene mal y quiebra. Ahora a la única que le están embargando la nómina es la mi hermana.
Desearía saber cómo hacer para que no le embarguen, la parte que le corresponde a mi hermana sobre cada uno de los bienes ( 1/6 parte). Y si pudiera renunciar a la Herencia, aún habiendo pagado el requerimiento del Impuesto de Sucesiones, y los bienes pasaran a sus hijas.

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Lo primero indicarle que lo que necesita es ponerse en manos de un abogado, pues el tema es complejo.
Si renuncia a su herencia, sus hijas no tiene derecho a esta parte... Por otro lado, ha liquidado impuesto por ello, por lo tanto, puede ser una aceptación... Pero esto ultimo es controvertido...
Posiblemente, lo mejor, seria realizar el reparto de la herencia y cambiar las propiedades en el registro. Luego su hermana, podría hacer una donación a sus hijas... Pero depende de muchas circunstancias y habría que estudiar documentación...
Agradecemos valoración de la respuesta.
Pero si mi hermana, acepta la Herencia, y luego realiza una donación a sus hijas, puede considerarse un levantamiento de bienes, y embargarnos los bienes sobre la parte proporcional que le corresponde a mi hermana.
El tema está en que si se ha liquidado el impuesto de Sucesiones, eso significa la aceptación de la Herencia o no. Puesto en el momento que acepte la herencia, le van a embargar los bienes que estén a su nombre .
Por tanto la pregunta es el haber liquidado el impuesto de Sucesiones significa que ha aecptado la herencia.
Tiene usted razón en cuanto al alzamiento de bienes, por eso le hemos recomendado que se ponga en manos de un abogado... que le estudie bien el asunto y les asesore.
En algunas sentencias, se ha considerado que la aceptación de la herencia es por el pago del impuesto... pero en cambio hay otras que indican que no se produce por esto la aceptación... Esto es complejo y hay que estudiar muy bien toda la documentación...
Agradecemos valoración de la respuesta.

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