Fianza agencia de viajes

Quiero montar una agencia de viajes minorista y se me plantean una serie de dudas. ¿La fianza debe ingresarse en la cuenta bancaria de algún organismo o simplemente garantizar que dispones de ese capital dispuesto en una cuenta propia y puedes hacer frente si llega el caso de alguna contingencia?, ¿A la vez el valor del inmueble ya puede servir de fianza?, ¿Si la sociedad mercantil se disuelve, esa fianza es capital social de la empresa y por lo tanto repartible entre los socios capitalistas?, y finalmente y muy importante ¿En qué supuestos puede ejecutarse la fianza?.

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Mil disculpas por el retraso.
Pero es que estamos en temporada alta y voy de cráneo.
La fianza depende del modo en que lo hagas es de una manera u otra.
Si haces un aval bancario tendrás que ingresar en una cuenta tuya la cantidad de fianza y tu banco te hará una carta como tu dispones de ese capital pero no lo podrás tocar.
Los inmuebles no están incluidos como opción para la fianza.
La mejor solución es lo que se llama un seguro de caución, que no deja de ser un seguro por el cual tu pagas una cantidad anual, a cambio de que si pasa algo tu has asegurado el importe de la fianza.
Los términos legales exactos para ejecutar la fianza ahora mismo no te los sabría decir.
Pero seria en casos de fuerza mayor por quiebra y que dejaras de pagar a mayoristas o clientes. Indenizaciones altas por algo que sea imputable a tu agencia.
Pero como te digo la parte legal no la tengo toda en mi poder, y no sabría decirte todo.

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