Grado de minusvalía y grado de invalidez

Estoy a punto de cumplir un año de ILT (neuralgia facial atípica, tengo también otras dolencias), en este momento continuo en tratamiento (no mejoro nada), el gobierno vasco ha solicitado al INSS progroga de 6 meses en la situación de ILT, me han dicho que será el INSS el que se pondrá en contacto y me comunicará o bien el alta o bien la aceptación de la prorroga o bien tramitar una invalidez permanente.
Estoy en un mar de dudas, ¿tengo qué solicitar en bienestar social del ayuntamiento que me concedan algún grado de minusvalía? ¿Qué diferencias hay entre grado de minusvalía y grado de invalidez y quienes los determinan? ¿Es posible obtener una minusvalía y no una invalidez?.
¿Tengo qué hacer alguna cosa o bien esperar a que sea el INSS el que se ponga conmigo?
También me han comunicado que a partir de los 12 meses me deja de pagar la empresa y me pagará el INSS, ¿en este momento cobro el 100% me reducirán el importe al pagarme el INSS?
Como podéis observar estoy totalmente perdida y asustada.

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Llevas un año de baja por lo tanto seguramente por lo que tu cuentas aquí es posible que te den prorroga hasta un máximo de 18 meses. Si esto ocurriera y agotaras todo el tiempo que establece la ley por estar de baja después pasarías por un tribunal medico y ellos son lo que al final después de hacer una valoración de tu enfermedad decidirán si te conceden la incapacidad permanente que en este caso hay varias estaría la parcial, total. Absoluta y gran invalidez eso si para tener derecho a cobrar cualquieras de estas incapacidades exigen unos años de cotización que si no los tienes te la denegarían. Y una cosa más, las incapacidades de esto se encarga la seguridad social, pero no del grado de minusvalía que es muy diferente de esto se encargan los servicios sociales de la localidad en la que te encuentres. Es decir la seguridad social te puede denegar una incapacidad por no tener el tiempo cotizado que marca la ley, pero otra cosa distinta es solicitar un grado de minusvalía por tu enfermedad, cuando el grado de minusvalía es igual o superior a un 65% da derecho a cobrar unas prestaciones que en este caso son no contributivas es decir aquí no hace falta tener tiempo cotizado.
Cesar, muchas gracias por tu respuesta.
Por lo que entiendo entonces tengo que acudir a los servicios sociales al margen de lo que decida el INSS. ¿Tengo qué esperar a que resuelva el INSS o bien puedo acudir ya?. ¿Tengo qué pasar otro tribunal médico además del de el INSS o es suficiente con el de estos?.
Independientemente de la resolución del inss puedes ir tramitando el certificado de minusvalía y algo que vas adelantando. Una cosa más no te preocupes del inss si ellos deciden prorrogarte seguirás cobrando y seguirás pasando reconocimentos médicos para ver si mejoras o empeoras si una vez agotases el periodo máximo de baja y ellos decidieran que tu estado no ha mejorado si no agravado y tienes el tiempo cotizado que marca la ley ellos son los que decidirán que clase de pensión pasarías a percibir, tu no tendrías que hacer nada ellos te lo notificarían y te dirían si la propuesta ha sido aprobada y que clase de prestación empezarías a cobrar, es decir la permanente, absoluta o gran invalidez, todo esto se encarga en inss, pero tu por otro lado ves tramitando el grado de minusvalía aportando todos los documentos médicos que tengas en tu poder, en caso que no los tuvieras pide tu historial medico y si tienes alguna duda más me escribes, un abrazo.
Tus respuestas me han servido de gran ayuda, ya te iré informando de como me va todo y si me surgen más dudas.
Gracias, gracias, gracias...

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