Desgravación de vivienda habitual

Mis padres han comprado este año un piso donde han establecido su residencia habitual. En otros años anteriores no se han desgravado ninguna vivienda, ¿pueden desgravarse el dinero invertido en este piso aunque mantenga la primera casa en que vivían?.
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No. Era por si podía aportar algo más.
La respuesta es que pueden desgravar por adquisición de vivienda habitual.
Necesitaría más datos.
En principio no veo ningún problema. Vivienda habitual Será aquella en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de 3 años... El hecho de no haber desgravado por la anterior vivienda, no excluye que lo hagan en la actual. No obstante, en caso de vender la anterior, no se podrán acoger a exención por reinversión en vivienda habitual. OJO.

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Si pueden, el problema es que tendrán que imputar rendimiento de capital inmobiliario por la vivienda que ya no tiene la consideración de habitual, pero eso pasará siempre que se tenga una vivienda no alquilada.
Saludos, es una buena opción y fiscalmente es muy beneficiosa.
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La desgravación es por la vivienda habitual, para eso necesitan ocuparla durante 3 años consecutivos, y siempre dentro de los 12 meses después de comprarla. Si la compran este año, en la próxima renta se pueden desgravar los porcentajes correspondientes a la base de la deducción, que tiene un máximo 9000 euros, que sin duda alcanzarán porque se incluyen gastos de Notario, Registrador, Gestoría, Tasación, IVA, etc, que superaran la base, luego de esa base se desgravarán un porcentaje del 25% ese año.
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Claro que lo pueden hacer y con más razón des´pues de eno haberse desgravado por el otro piso.

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