Rebaja del sueldo.

Hola. Llevo 5 años en una empresa como chófer-repartidor, nuestro horario según contrato es de "40 h. De lunes a domingo con los descansos que marca la ley", según convenio vigente de empresa, nuestro horario "es a tarea".
El caso es que trabajamos mínimo unas 8 horas diarias de lunes a sábado... Con lo que pasamos las horas del contrato pero digamos que según el convenio es lo normal, no se pagan como extras, esas 40 horas las hacemos de lunes a viernes. Es decir que los sábados lo regalamos a la empresa, pero digamos que lo hacemos por la comisión que ganamos esas horas de más (tenemos sueldo fijo más comisión). La realidad actual de ventas y mercado en general ha supuesto que no nos valga la pena salir los sábados pues ya no amortizamos, palabras de la empresa: "lo que cobramos por ese sábado no vale la pena". En busca de una solución, procedemos a no trabajar estos días a cambio de que no nos paguen la dieta del día (recibimos una cantidad diaria por este concepto), pero además tienen pensado rebajarnos la parte proporcional en el plus asistencia, y quizás de algo más.
La pregunta es: que es lo que me pueden descontar y que no. Quizás hemos de proceder por escrito a estos acuerdos... Digo, no vaya a ser que me puedan alegar que no he ido a trabajar y me reclamen faltas injustificadas...
Gracias un saludo

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Empezando por el final: si es posible, todo por escrito, para evitar problemas.
En cuanto a lo que les pueden quitar, si lo único que cobran de ese día son las dietas debería ser lo único que les retiren ya que el resto de partidas van relacionadas con su jornada habitual, que van a seguir cumpliendo debidamente. Más si consideramos que llevan tiempo regalando horas a su empresa. Por tanto con retirar la dieta basta.

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