Formación fuera de horario labral

Me gustaría que me dijeras en que normativa laboral ( no Convenio) puedo apoyarme sobre el tema de realización de cursos fuera del horario laboral para que la empresa me los retribuya

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Pues salvo que consultemos en el convenio marco o convenio base nacional y encontremos algo no hay norma que determine expresamente dicha obligatoriedad.
El estatuto en su articulo 23 indica que "deberá adaptarse la jornada para la formación" pero se refiere a cursos externos. Deberíamos colegir por similitud que en caso de ser cursos internos debería aplicarse igual extremo pero no seria aplicable. Ademas se indica que estos derechos se desarrollan precisamente en los convenios colectivos.
En cuanto a evaluar las horas de formación fuera de horario, el problema radicaría en que estas horas extas se definen como horas de trabajo y el problema iría dirigido a demostrar que las horas de formación forzosas por la empresa son horas de trabajo efectivo.
Si persisten las dudas consulte en algún sindicato donde seguramente puedan dar más fácilmente con el punto donde se recojan estas cuestiones.
Sin perjuicio ni injerencia de todo lo dicho, en aplicación de la lógica y de otros convenios, es obvio que son horas trabajadas y como tales deben pagarse al precio de la hora según jornada
Un saludo
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