Montar empresa de venta por internet

Tengo el contacto con varios fabricantes y la idea es hacer lotes y vender estos productos por intenet, lo que quiero es que me informen desde el punto de vista fiscal así como los tramites necesarios para desarrollar legalmente la actividad

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Su pregunta parece sencilla pero de fácil no tiene nada por cuanto en primer lugar deberá decidir una forma jurídica que explote el negocio (mercantil, profesional, sociedad civil, cooperativa, com de bienes, etc), cada una de ellas conlleva trámites y costes distintos, así mismo, los aspectos fiscales sobre los que tributará variarán de uno a otro, por otro lado las cuestiones legales son más complejas porque dependerán del tipo de productos que se vaya a distribuir. Sepa que el distribuidor acogerá de forma subsidiaria las responsabilidades que puedan derivarse de un producto no homologado o con defectos de fabricación, así que no es tan sencillo como parece y menos con la información que nos aporta.
Hola querido jaime y muchas gracias por tu interés, los productos son de la mancha y se trata de queso, vino, aceite, embutidos, y otros complementos
En este caso, deberán cumplir con las normas sanitarias afectar al sector de alimentación respecto del etiquetado así como de las diferentes normas que afectan a los productos alimenticios. Por otro lado, sigue sin indicarme cual es la forma que tomaría aunque mi consejo es que inicialmente se constituya (salvo que existan otros socios) como profesional autónomo, en este caso, al menos los trámites para el alta de la actividad son muy sencillos, debe dar de alta la actividad en hacienda mediante la declaración censal (impreso 037) y posteriormente darse de alta como Profesional Autónomo en la Tesorería de la Seguridad Social, en el caso de que no vaya a abrir una tienda o showroom cara al público puede utilizar su propio domicilio y eso implica que no son necesarias licencias municipales de ningún tipo.
Respecto de la fiscalidad dependerá del concepto que constituya la parte fundamental de sus ingresos, la venta o la distribución a cambio de comisiones, es necesario definir este punto para saber sus obligaciones tributarias respecto del IVA o del recargo de equivalencia y por otro lado, como autónomo, tributará personalmente por atribución de rentas en base a las percepciones que realice de la actividad económica desarrollada una vez deducidos los gastos fiscalmente deducibles tanto de la actividad como de su economía familiar.

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