¿Testamento en Argentina?

Estima experta: Antes que nada, agradezco por tu atención altruista, elijo consultarte a vos por que sos argentina como yo, así que sin más preámbulos paso a la consulta:
Hace algún tiempito más o menos 3 meces falleció mi abuela, ella dejo dos seguros de vida, (en realidad solo uno el otro se lo hicieron firmar sin que ella lo supiera tenia 88 años y estaba bastante mal en los últimos tiempos... Pero no es esa la consulta en si). Ella era pensionada de la Gendarmeria Nacional, hoy tres meses después nos enteramos que ella SI dejo un testamento, que lo hizo en el Circulo de Sub-oficiales de la Gendarmeria Nacional, y ellos son los que están avisando a los hijos para la apertura, razón por la cual estimo válido el mismo.
El tema en primer lugar es sobre los testamentos, yo soy como dije nieto de ella, y como en muchos casos, criado y malcriado por ella, y con un alto favoritismo de parte de ella hacia mi, aunque yo estoy hecho tengo mi familia, y vivo a 2800 kms. De la casa de mi infancia, tenia entendido que NO podía testar a mi favor, justamente por el hecho de que en la Argentina no podía dejarme la casa por no existir la figura del Desheredado, que a pesar de lo que ella testara un juez no daría lugar dejando a los hijos fuera del reparto de bienes.
Por otro lado, todas las cosas muebles ya los hijos las vendieron...
¿En fin la consulta es que se puede esperar de este testamento? O pudo haber sido solo un tramite común del Circulo de Sub-¿Oficiales de la Gendarmeria? Si es que ella testo sobre algo que ya esta vendido... ¿qué puede pasar o que se puede hacer?
No quiero entrar en detalles de rencillas familiares, pero supongo que debes saber como es el tema en ciertas familias (ya por algo yo vivo a 3.000 km de distancia ¿no?), me gustaría que me orientes para saber que esperar.
Respuesta
1
Disculpame la tardanza en la respuesta, te comento que tu caso se maneja por lo que se llama legitima.
Cada persona en vida tiene una por cantidad de bienes (dinero y cosas materiales tanto muebles como inmuebles) los que componen el patrimonio de cada uno de nosotros junto con las deudas, es decir el activo más el pasivo.
Hasta el día de nuestra muerte, el patrimonio es nuestro así que si queremos lo gastamos todo. Pero desde la muerte, ese patrimonio pasa a ser de los herederos en sus distintas proporciones dependiendo el grado de parentesco y teniendo en cuenta que algunos excluyen a otros.
El tema con el testamento es que uno puede disponer hasta la 1/5 parte de todo el patrimonio porque no puede afectar la porciion legitima (los otros 4/5) que son de los herederos forzosos. En pocas palabras, tu abuela te puede dejar hasta 1/5 de su patrimonio.
Para hacértelo más simple a vos, si la casa era el único bien que tenia registrable a vos te trienen que reducir la herencia hasta cubrir los 4/5 de los forzosos. Luego, vos cobras, por lo que se debería vender la casa dentro de la sucesión.
Yo lo que te recomiendo es que vayas al lugar donde tu abuela falleció, a los tribunales, y averigües donde esta la sucesión para presentarte a la misma y reclamar tu parte por testamnto.
Espero haberte sido de ayuda
Disculpame de vuelta por la tardanza en la respuesta.
Cualquier duda consúltame que prometo no tardar tanto en responderla
Muy agradecido por tu altruista respuesta, lastimosamente el tema fue por otros carriles por así decirlo, pero al estar en juego sentimientos muy profundos prefiero dejar las cosas y no encarar una larga y tediosa cuestión judicial. De todas formas ha sido de ayuda tu respuesta.
Gracias!

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