Pregunta sobre deuda max. De "Monitorio Verbal".

Necesito saber sobre un tipo de juicio que se denomina "MONITORIO VERBAL", si se ha modificado la cuantía máxima de la deuda que se puede reclamar por este sistema, que creo que esta deuda no podía exceder de 900 euros o lo que es lo mismo 150.000 pesetas.
    El caso es que pienso que con el precio que han tomado los alquileres hoy en día esa cantidad recogería un solo impago de un mes de una vivienda alquilada pues dos meses de impago se pasaría en la mayoría de los casos para poder interpoer este tipo de reclamación judicial.

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¿La reclamación máxima que puedes hacer en un juicio monitorio son 30.000?. Lo que pasa es que el monitorio tan solo es el requerimiento de pago, si se opone al pago y quiere defenderse por entender que no debe, ¿se transforma el monitorio en verbal si la cuantía es inferior a 900? Y en ordinario si la cuantía es superior.
El cauce para lo que tu quieres es el juicio verbal de desahucio por falta de pago y acumulado de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas. Se lleva el mismo juicio independientemente de la cuantía adeudada y que vaya venciendo a lo largo del procedimiento.

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