Citación judicial, es realmente un juicio y debo pagar las costas o es para entenderse las partes?

Tengo una factura pendiente de pagar con la que no estoy de acuerdo, no llega a 120 euros, y tras 6 meses la compañía de cobros me ha llamado desde un numero oculto diciéndome que me enviaran una citación judicial.

QUisiera saber si esta citación es un juicio en sus efectos y que se dictara una sentencia a pagar o no y a parte se me cobraran los gastos del proceso de juicio o solo es para presentar unas posturas, e demandante y el demandado, y de no llegar a un acuerdo proceder al juicio.

No me interesa ir a juicio pues no tengo mucha de la información que necesitaría para defenderme, así como tampoco puedo pagar ningún abogado que me defienda y por 120 euros no quisiera tener estos dolores de cabeza, pero me sigue pareciendo injusto.

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A mi me suena un poco a "globo sonda" para tratar de obtener una reacción de miedo por su parte y abonar la deuda (según ellos) sin más complicaciones.

En caso que decidan presentar una reclamación judicial, ésta será en forma de requerimiento de juicio monitorio o de juicio verbal. No hay una especie de acercamiento a posturas como ud. menciona, sino una demanda pura y dura. Para este tipo de demanda, por razón de su cuantía, no necesitará abogado, aunque ellos sí que lo utilicen.

Si se utiliza la vía del juicio monitorio, no hay un juicio en su inicio sino un requerimiento para pagar sin coste adicional alguno o para oponerse si no está conforme. En ese segundo supuesto sí se resolvería en una juicio o vista.

Entonces en caso de una citación para el juicio monitorio me presento y si veo que no me puedo defender accedo a pagar la cuantía que me exigen desde el principio y nada mas, quizá algún recargo pero nunca un coste de proceso judicial ni nada parecido no?

Muchas gracias

Sí, y mejor que eso. Si recibe un requerimiento monitorio dispondrá de veinte días hábiles para analizar qué hacer. Si considera justa la reclamación podrá abonarla en ese plazo sin ningún cargo, pero nada de nada, ni siquiera ese "algún recargo" que ud. menciona. Pero si se opone porque no la considera justa, insisto en que no habría costas porque por debajo de 2.000 euros no hay.

La ultima pregunta es que no me ha acabado de quedar claro, después del proceso monitorio, de presentarme ante el juzgado, dispong de 20 días para afrontar el pago o no cierto?

mil gracias

En un proceso monitorio, cuando ud. tenga la primera noticia porque el Juzgado le notifique a ud. esa reclamación, será cuando empiece a contar el plazo de los veinte días. Recuerde que ese plazo se inicia al día siguiente en que ud. lo reciba, y no cuentan los sábados ni festivos.

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