Cambio de residencia en un divorcio con hijos

Me casé en España para irme a vivir a Pau en Francia con mi marido, tuvimos un niño y nos divorciamos hace dos años. Tras la sentencia de divorcio me vine a vivir a España con mi hijo, a Zaragoza más concretamente. El primer año de divorcio me trasladaba a Pau cada 2 ó 3 semanas, el segundo año, le llevo al pequeño hasta Jaca, donde el lo viene a buscar.
Hoy, mi actual pareja y yo, hemos decidido irnos a vivir a Inglaterra, porque a mi pareja le han ofrecido un buen trabajo con unas condiciones salariales bastante mejores que las que tenemos en España.
Mi ex marido me amenaza con llevarme a los tribunales. Yo no quiero privarle de ver a su hijo, pero claro, ya no será cada 15 días. ¿Puede un tribunal no dejarme cambiar de lugar de residencia?

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El tribunal puede no dejarte cambiar de residencia, e incluso darle la guarda y custodia a tu marido, pero esto depende de que el Ministerio Fiscal entienda que va a ser un cambio perjudicial para el hijo, y de que tu ex marido se encuentre en condiciones laborales óptimas para hacerse cargo del mismo.
El tribunal puede entender que llevar a tu hijo a Inglaterra no es bueno para él viviendo tu en España, y estando tu hijo integrado en su residencia actual, también puede entender que los cambios de colegio no pueden ser adecuados para el hijo.
Si entiende esto así, también tendría que entender que darle la guarda y custodia a tu marido también es perjudicial porque supondría llevar al hijo a vivir a Francia.
Como ves, todo un lio y múltiples posibilidades.
Te recomiendo que si lo que quieres es ir a vivir a Inglaterra, acredites que el hijo va a tener condiciones óptimas, similares a las de aquí, buen colegio etc...
Si el hijo es menor de edad pero mayor de 12 años, tiene derecho a que sea oído por los Tribunales a la hora de tomar la decisión sobre donde quiere vivir, con lo que si declarase en tu favor no tendrías problema.
Lo que ocurre que lo que no puedes hacer es irte a vivir a Inglaterra sin más y sin el consentimiento de tu ex marido, ya que sería un secuestro internacional de menores, y además estarías quebrantando el régimen de visitas que tengáis establecido.
Lo que debes hacer es solicitar ante el Juzgado una modificación de medidas, por modificación sustancial de las circunstancias para que te permitan restarle días de visitas a tu marido, e irte a vivir a Inglaterra. Una vez solicitada esta modificación tu marido se podría oponer y el juzgado tendría que decidir sobre qué hacer.
Te recomiendo que antes de acudir al Juzgado intentes pactar con tu marido, un régimen de visitas en el que quede compensado, tal como que se lo pueda quedar más días en vacaciones, etc... en compensación a los fines de semana que no va a poder estar con él, y a ver si lo acepta. Si lo acepta bastaría con que realizaseis nuevo convenio en el que establecieseis los días para que lo homologase el juzgado.
Si no acepta deberás interponer la demanda de modificación de medidas, que la deberá homologarla el Juzgado, y que te la podrán denegar.
Para ello deberás acudir a un abogado de confianza, que te asesorará sobre el tema.
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