Cotización contrato tiempo parcial

Necesito que alguien me informe como se hace la cotización con contrato a tiempo parcial

En red directo, tengo que poner las horas

Trabaja 5 horas diarias de lunes a viernes como lo calculo por 30 u 31 según el mes o son por días laborables

1 respuesta

Respuesta
1

Olvida los días, normalmente se hace con relación a la jornada máxima a la semana 40 horas, con lo que una jornada de 25 horas, supondrá una jornada del 62,5%, ya que 40 equivale a 100%, creo recordar que te piden horas o jornada, siempre con relación a la semana, mes o año, en este caso que trabaja todos los días debes de tomar el cálculo a la semana, bien 25 horas * 100/40= 62.5.

gracias por responder tan rapido.

me piden las horas,, en este caso seria 5 horas diarias por el mes, en el caso del mes de marzo seria por los 31 días o por días laborables?

gracias

Ante todo pedirte disculpas, ya que leí tu pregunta muy rápido y me obsesione con que, querías dar de alta a un trabajador a T.P., con lo que mi respuesta no te ha servido de mucho.
Bien pues para la cotización de un trabajador a T.P., debes indicar las horas reales trabajadas cada mes, o sea que ni 30 días, ni 31 días, a no ser que trabaje sin descanso todos los días, lo normal es que trabajando todos los días de lunes a viernes, como es el caso, los días realmente trabajados sean unos 22 días, según cada mes, que multiplicado por las horas día, nos da 88 horas. Normalmente este dato casi ni lo comprobamos, ya que viene dado por el propio programa informático que ha confeccionado la nómina de ese mes, que al mes siguiente, ese mismo programa, nos calcula los S.S. (tc2 ytc1), y los enviamos directamente por on line, con el programa Winsuite (lo mismo que red directo pero para profeionales). Por lo que deduzco tú lo haces de forma manual, ya que si tuvieras un programa de nóminas te lo haría automáticamente.
Un consejo no hagas mucho caso a este dato, puedes indicarlo, cuando tengas dudas, aproximado, ya que no afecta en nada a la vida laboral del trabajador y menos a la empresa, sólo sirve para saber si la cantidad que pagas (Base Cotización) al trabajador está comprendida entre las Bases mínimas y máximas, me imagino que conoces este tema, no se puede cotizar por un trabajador por debajo de la base mínima, ni más de la base máxima, y los Sres., de la TGSS., como tienen poca faena en el caso de los trabajadores a T.P., estas bases las dan en precio hora, en vez de precio mes como para los trabajadores a T.C.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas