Necesito saber si tengo derecho a prestación desempleo

He trabajado desde 28 de marzo de 2011 al 27 de marzo de 2012. Mi jornada era de lunes a viernes de 4 horas asta octubre del 2011 que me ampliaron a 5 horas diarias. Mi pregunta es, si tengo derecho a prestación por desempleo y si el año que he trabajado cuenta como tal, osea, 360 días, o los fines de semana no cuentan, ¿se cuentan los meses enteros aunque sea jornada parcial?

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La jornada de trabajo o jornada laboral es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución del trabajo por el cual ha sido contratado.
En España la jornada de trabajo está regulada por el Art 34 del Estatuto de los trabajadores y por lo que dispongan los Convenios Colectivos que les afecten. Según este artículo:La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Mediante convenio colectivo, o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en esta Ley así que para la prestación por desempleo se computan todos los días de la semana del mes y del año como días trabajados, y el día trabajado a tiempo parcial o a media jornada se computa como un día trabajado a tiempo completo, la diferencia entre un día a media jornada y la de un día a jornada competa se encuentra en la base reguladora que determina lo que se va a cobrar de la prestación por desempleo, porque con una jornada a tiempo parcial se cobrara menos de prestación que con una jornada a tiempo completo porque la cotización a tiempo completo, también es mayor.. por lo tanto independientemente de que hayas trabajado a jornada completa o a jornada parcial si as cotizado 360 días o mas en los últimos 6 años tendrás derecho a la prestación por desempleo si cuando vallas a solicitar la prestación estas en situación legal de desempleo, es decir si as finalizado un contrato de trabajo o la extinción del contrato de trabajo se a producido a instancias del empresario.. No se te olvide finalizar la pregunta gracias... No se te olvide finalizar la pregunta

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