Salario en especie, se descuenta del salario base ¿Podría confirmar si es correcto?

Me refiero a la casa de un portero, según convenio el salario base es de 946.23, E y la casa se valora en el 9% sobre éste importe, osea 85.16 E, ésta cantidad se descuenta del salario base, aunque figure en la nomina para cotizar, y después se deduce el mismo importe del bruto para el calculo del importe neto. ¿Es así?

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Siempre que la vivienda no sea padra fines particulares, sino por la condición de disponibilidad plena para atender cualquier incidencia de la finca, conlleva una obligación reciproca: por parte del portero, ocuparla obligatoriamente por razones de seguridad, y por parte de la propiedad, facilitar una vivienda que debe reunir las mínimas condiciones de habitabilidad, no suponer coste alguno para el portero, exceptuando la cotización de la misma como retribución en especie y estar vinculada a la especial trascendencia de su funciones.

Yo entiendo que el salario base no debe afectarle, la cantidad de la especie debe sumársele para cotizar, serán los devengos, posteriormente descontarla en deducciones. Nunca se debe restar del S.B., es una retribución en especie, no un complemento salarial.

Mi pregunta está basada en la lectura del convenio de empleados de fincas de la Comunidad de Castilla de León, articulo 33, dice:

Se considerará a todos los efectos salario en especie el uso y permanencia del portero en la vivienda o casa habitación comunitaria vinculada a su puesto de trabajo durante su relación laboral. Por este concepto el empleador tendrá derecho a deducir por este concepto un 9% sobre el salario base inicial. En la nómina deberá incluirse este complemento, tributar y cotizar el mismo y finalmente deducirse en la correspondiente nómina.

Por tanto a mi entender el salario base queda constituido una parte en dinero y otra en especie, y que la suma de ambas de como resultado el importe de 946,23 Euros que es la cantidad a abonar según el mismo convenio.

Es correcta la lectura que yo hago?.

Muchísimas gracias.

Bueno por lo que leo, en el C.C., de Castilla-León, parece claro que hay que descontar el 9% del S.B., cosa que no pasa en otros C.C., en algunas comunidades, y lo que esta claro qué es una retribución en especie (aclarado por Hacienda, en su momento), normalmente el salario base, igualmente, lo constituye, siempre, el salario dinerario y la especie, lo que no es común es que a un S.B., se le descuente un dinero, lo normal es ese salario, más la especie.

De acuerdo con el texto del C.C., es correcta tu lectura.

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