Accidente laboral

HE tenido un accidente laboral el Lunes y no he podido trabajar Martes ni miércoles y dudo que pueda hasta pasados unas semanas.
Aunque estoy en RGSS con el sueldo mínimo cobro por trabajo realizado, no cobro si no produzco o trabajo, es más de mi producción también se descuenta la cotización de la seguridad social cada mes, es lo acordado con la empresa.
¿Si cojo la baja por accidente laboral quien me pagara primeros días de baja, la empresa o la mutua?
... Por que si no cojo la baja no cobro esos días y si la cojo y los debe pagar la empresa de su bolsillo tampoco debería cobrarlos...
¿
¿En base a que números se harían las cuentas para cobrar, el sueldo mínimo o lo cobrado el mes anterior?

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Respuesta
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Si es accidente laboral y estas trabajado por cuenta ajena, tienes que solicitar la baja en la mutua y es ella la que se hará cargo de tu baja.
Cobraras el 75% de la base de cotización del mes anterior (la base aparece en la nómina).

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