Anexos a contratos

Soy empleado de una empresa de fontanería y a los trabajadores se les contrata mediante contratos temporables por obra o servicio determinado. Cuando se acaba la obra para la que han sido contratados y se les envía a otra obra, se realiza un anexo al contrato indicando en el mismo que se modifica la clausula donde venía especificada la obra indicando la nueva obra donde va a trabajar.
Mi pregunta es si esta práctica es legal o por el contrario habría que finiquitar el contrato (y que el trabajador reciba su finiquito con la indemnización correspondiente) y hacerle un contrato nuevo para la siguiente obra. Lo comento porque al realizar el citado anexo al contrato no estamos finiquitando el contrato anterior y el trabajador no recibe finiquito alguno.
Este supuesto nos ocurre cuando finaliza la obra para la que ha sido contratado el trabajador pero necesitaría conocer también ese mismo supuesto pero en el caso de que no haya finalizado la obra para la que ha sido contratado sino que por alguna circunstancia de la empresa, es necesario que el trabajador cambie de obra aunque no haya finalizado la obra para la que fue contratado.

4 Respuestas

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Si hos mantienen la antigueda en el anexo no hay ningún problema
La antigüedad si creo que nos la mantienen pero mi pregunta es si al firmar un anexo tras de otro no se convertiría este contrato en indefinido. Lo digo porque si la empresa hace firmar anexo tras anexo cuando se cambia de obra al final nunca se podría obtener un contrato indefinido. Además está claro que si al final la empresa quiere prescindir del trabajador la indemnización entiendo que sería por fin de contrato la cual es muy inferior a si el contrato es indefinido y esto supone un perjuicio claro para el trabajador.
Aber un juez puede estipular que un contrato por obra pasa ha indefinido cuando el trabajo que realizas lo haces comtinuado y por tiempo indefinido aunque sea un contrato por obra como es tu caso que en caso de despido tendrían que indecnizarte como indefinido y como mantienen tu antigueda no tendrías problemas
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Esto es lo que dice el Estatuto de los Trabajadores:
Cuando se contrate al trabajador para la realización de una obra o servicio determinados, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta. Estos contratos no podrán tener una duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa.
Si no os hacen un contrato nuevo, sino una modificación, no tendráin que liquidaros, pero por otro lado, cuando superéis los límites que marca el Estatuto adquirís la condición de indefinidos.
Consejo. En el momento que os despidan denunciar por contrato en fraude, para conseguir la improcedencia y por lo tanto, los 45 días de indemnización por año trabajado.
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En los dos puntos tienes razón, si se cambia de obra se hace un nuevo contrato, por lo tanto se ha de finiquitar el anterior, con vacaciones no disfrutadas, últimos días trabajados y una indemnización de 7 días por año. Si se cambia de obra (haciendo nuevo contrato) sin terminar la anterior, sería un despido improcedente, finiquitable e indemnizable con 45 días por año. La empresa se la está jugando pues legalmente podéis denunciarla cuando queráis.
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Lo primero he de pedirle disculpas por la tardanza en la respuesta, pero es que hemos tenido exceso de trabajo en el despacho.
Respecto a su consulta, por lo que me dice veo a todas luces que Ud. tiene un contrato indefinido, pues la práctica que utiliza la empresa no es correcta.
Como Ud. dice cada contrato por obra debe ser considerado una unidad independiente y ser finiquitado. Ahora bien, la correlación de contratos temporales hace que estos se conviertan en indefinidos.
Si Ud. es de Asturias y quiere pasar por mi despaho, póngase en contacto conmigo que podemos mirar como está la situación, con todos los contratos en la mano.
Espero que le sirva de ayuda.

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