Derecho a vacaciones

Hola mi problema es el siguiente.
Durante el año 2009 estuve de baja por depresión hasta diciembre que di a luz un bebe y solicite la prestación por maternidad, ahora ya la he agotado y estoy de baja por depresión post-parto. Estoy notando mejoría y es posible que mi medico me de el alta pronto y me gustaría saber si tengo derecho a solicitar a la empresa disfrutar de mi mes de vacaciones del 2009 que no le he disfrutado aun. Tengo entendido que salio una normativa que decía que si no consumíamos las vacaciones por enfermedad, podíamos disfrutarlas al año siguiente. ¿Esto es así?

2 Respuestas

Respuesta
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Efectivamente, tiene usted razón. He intentado pegar es esta respuesta un comentario de la sentencia de la que usted ha oído hablar, pero no es posible.
La tiene usted en www.aboga.es, en la categoría de sentencias laborales (columna de la izquierda).
Aboga Servicios Jurídicos. www.aboga.es
Respuesta
1
Exacto cuando es por enfermedad las puede coger al incorporarse de nuevo al trabajo, hay algunas sentencia a este respecto.
  El Tribunal de Justicia recuerda en su sentencia que "todos los trabajadores disponen de un período de, al menos, cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas" y afirma que la normativa europea no se opone, en principio, a que la legislación nacional establezca modalidades específicas para el disfrute de éstas. Incluso, admite que la ley nacional puede prever la pérdida del derecho a vacaciones retribuidas por parte de un empleado que habiendo podido hacerlo no haya disfrutado de sus días libres durante el periodo de referencia fijado por el derecho nacional. Sin embargo, en caso de baja, el asalariado debe poder disfrutar de sus vacaciones fuera de dicho periodo cuando su ausencia por enfermedad haya coincidido parcial o totalmente con éste.

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