Indemnización por pérdida de un derecho maternal

Estoy trabajando en una empresa y dispongo de reducción de jornada por cuidado de un hijo menor de 8 años. ¿Parece qué no pueden depedirme ya que se consideraría nulo (es eso cierto? . ¿Hay alguna excepción? Si es así, ¿En qué caso o circunstancias?
De no poderme despedir puedo reclamarles una indemnización que consistiría en que me pagaran los suelos brutos desde fecha de hoy hasta el día que mi hija cumpla los 8 años, es decir los sueldos de 4 años y 7 meses brutos (por 14 pagas).?
Mi argumento es que esos 4 años y 7 meses de reducción de jornada laboral al producirse el "despido" es decir yo aceptar el acuerdo económico, son un derecho que pierdo y ninguna empresa nueva me dará si me contratase.
De todas formas ese dinero (sueldos de 4 años y 7 meses) son los que la empresa va a tener que pagar si es cierto que no pueden despedirme. Claro que los pagaran por mi trabajo mensualmente. ¿Qué me aconsejan?
Muchas gracias
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El articulo 55.5 b del Estatuto de los trabajadores dice:
"Será nulo el despido... el de los trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los apartados 4, 4 bis y 5 del artículo 37(Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional
del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla), o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén disfrutando la excedencia prevista en el apartado 3 del artículo 46..."
Pero cuidado, esto no te protege frente a un despido objetivo, disciplinario, fin contrato o un posible ERE. Si bien, cada uno de estos despidos debe de estar muy bien hecho para que el trabajador acabe perdiendo... si bien, cabe la posibilidad de perder.
Por otro lado, lo que dices de exigirles los 4 años y 7 meses que dices... no lo veo ni pies ni cabeza...¿en qué te quieres apoyar para demandarles y pedirles esas cantidades?
Pues yo creo que tiene muchos píes y cabeza ! La indemnización de 4 años y 7 meses corresponde exactamente al tiempo que, si es nulo, la ley les obliga a tenerme contrata . Esos 4 años y 7 meses son una protección que las leyes laborales y de igualdad ofrecen a los menores de 8 años para que sus madres puedan ocuparse de ellos. (Posiblemente si los horarios en España no fueran tan irracionales, esta medida no sería necesaria.   Le aconsejo esta web http://www.horariosenespana.es/index.php?module=inicio).
Esos 4 años y 7 meses es el tiempo que la empresa va a tener que readmitirme y seguir pagando mi sueldo si un juez llega a declarar el despido nulo, además de ser derecho laboral que la empresa me niega.
Si el juez declara el despido nulo, tendrán que readmitirte y pagarte los salarios de tramitación. Insisto cabe el despido por causas técnicas, operativas económicas o de producción, así como un despido disciplinario o la inclusión en un ERE(que ahora parecen estar de moda).
Usted preguntó: "se consideraría nulo (es eso cierto ?? . Hay alguna excepción ? Si es así, en que caso o circunstancias ??"
Y yo le conteste: Que si seria nulo y las excepciones que hay.
Insisto, ningún juez va a obligar a la empresa a pagar los 4 años y 7 meses que deben de pasar hasta que su hijo cumpla 8 años. Solo les obligaran a readmitirle, pero tenga en cuenta los motivos que le indico que podrían hacer que le despidiesen. Un despido como los que le comentaba no son ninguna brma, hay que undamentarlos muy bien, pero cabe la posibilidad de que se den.
En cuanto a la web que me recomendaba: la he mirado y no se que tiene que ver conmigo, sinceramente. A mi no me tiene que convencer de que la conciliación de la vida laboral y profesional es necesaria. De hecho, en mi empresa lucho día a día para conseguirlo. En mi empresa tenemos a más de 5 embarazadas y no hay problemas con que lo estén. El hecho de que los horarios en españa sean racionales o no, ya no es cuestión que vayamos a resolver usted o yo. Es algo que tiene que empezar a resolverse en cada empresa. Insisto, la mía esta trabajando para ello.
Muchas gracias por su asesoramiento. Soy consciente que si hay circunstancias en las cuales me podrían despedir pero por donde estoy trabajando sería muy difícil demostrarlas aunque le agradezco que einsista en el tema para que no me confíe.
Me alegra que haya empresas con 5 embarazadas y que eso no sea ningún problema. Y que además estén trabajando para racionalizar horarios. Eso debería de ser así en todas las empresas y, como le digo es muy gratificante saber que su empresa es así. Ojala otras sigan su ejemplo.
Como se podrá imaginar, en la "mía" sufrimos una realidad muy diferente.
Gracias por todo.
Espero haberte ayudado.
Si necesitas alguna otra cosa, no dudes en consultarme.
Si por el contrario ya no tienes más dudas, por favor, cierra la pregunta.
Muchas gracias y suerte.
Y tranquila, que estas muy protegida por la legislación, simplemente haz tu trabajo y no podrán hacer nada contra ti.

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