Lactancia y excedencia

Soy médico y trabajo en sanidad pública. Tengo una niña de 2 meses y medio. Acaba mi baja el 20 de noviembre. Entonces me cogeré vacaciones 1 mes. Después quiero cogerme los días de lactancia y a continución una excedencia por unos meses que todavía no sé cuantos. Mis dudas son:
- En personal de mi hospitl me dicen que primero me tengo que coger la excedencia y a continuación la reducción de lactancia. ¿Es así?
- ¿Los días festivos o libres de trabajo cuentan en la reducción de lactancia?
- ¿La excedencia la tengo que solicitar enseguida después de la baja o puedo incorporarme unos días y pedirla después?
- Si al volver de la excedencia me pido reducción de jornada, ¿esta puede ser en días en vez de en horas? Es decir.. ¿no ir a trabajar uno o dos días a la semana?

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De eso nada. Primero vacaciones, luego acumulación de lactancia, y por ultimo excedencia.
Para la acumulación de lactancia, a no ser que venga otro calculo en tu propio convenio, debes calcularla desde el día después del nacimiento de tu bebe hasta el día antes de cumplir los 9 meses, y por supuesto, no se cuentan más que los días laborales.
La acumulación la tienes que solicitar antes de reincorporarte de tus vacaciones, por escrito, al igual que la excedencia. Cuando solicites tu excedencia, di que es por cuidado de menor, ya que luego la reincorporación a tu puesto, es inmediata.
A la reincorporación de tu excedencia, 15 días antes, comunicas la reducción de jornada por cuidado de menor, y ahí, pones el porcentaje de reducción que vas a efectuar, y si es de mañana o de tarde, poniendo, lunes de tal a tal hora, martes de tal a tal hora, etc, hasta cubrir la semana, de acuerdo con la misma.
Te recuerdo que puedes hacerlo de lunes a viernes o de lunes a jueves, siempre dentro de tu jornada ordinaria habitual.
Mira todos los casos que he contestado, en cuanto a escritos, permisos, reducciones por cuidado de menor.
¿Dónde está escrito primero acumulo de lactancia y luego excedencia? Es para mostrárselo a los de personal de mi trabajo..
Mi jornada de trabajo es de lunes a viernes de 8 a 15 horas. ¿Si pido luego reducción jornada por cuidado de un menor podría pedir reducción de 2/8 y no ir a trabajar 2 días y el resto ir completos?
Si pido reducción por cuidado de un menor.. tengo que hacer guardias (en mi contrato incluye guardias de 24 horas en urgencias)
Muchas gracias por contestar todas mis preguntas. Sois una gran ayuda´
ana
En el Estatuto de los Trabajadores, de acuerdo con la Ley de Igualdad. Y ahí, también te aclara tus dudas en cuanto a la reducción de jornada.
No obstante, si después de mirarlo tienes más dudas, estoy a tu disposición.
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