Despido improcedente durante IT

Hola. Mi empresa me ha comunicado que me va a despedir tras once años con una indemnización de 45 días por año trabajado. Desde hace dos meses estoy de baja por enfermedad común y, por tanto, mi sueldo no es el mismo que en un mes normal de trabajo. He cobrado el 65 por ciento aproximadamente por el primer mes y el 75 por ciento el segundo. Quisiera saber como influye esta situación a la hora de calcular la indemnización que me corresponde. ¿Qué salario debo tener en cuenta? ¿El del último mes? ¿Los del último años? ¿El salario fijado por convenio y que es el que cobraba sin estar de baja? Gracias.

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Las indemnizaciones, para los despidos, como el tuyo, improcedente, no se toma como base para su calculo, el salario, ni bruto, ni el del convenio.
Para el calculo, se toma como calculo la base de cotización por las contingencias de AT/EP, que las encontraras en la parte infrior de las nominas, donde están los descuentos.
En tu caso al estar de baja, con la ultima nomina de un mes entero, antes de la baja, tendrás suficiente.

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