Dudas sobre incorporación tras excedencia

S.O.S.!!!
Tengo una consulta urgente:
Tras una excedencia de dos años y una antigüedad de 6 en la
empresa, he solicitado reincorporación en la misma y creo que me la
conceden, pero con el sueldo de una persona que entra de nuevas; es
decir; ¿Me rebajan el aproximadamente 3000? Anuales. ¿Está la empresa en
su derecho de hacerlo?. Por cierto, mi convenio es el oficinas y
despachos.
Y otra consulta: ¿Puedo solicitar la ampliación del período de excedencia?.

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Al estar en excedencia, estas de baja de la empresa, con unicamente un derecho, según el tipo de excedencia, que es el mantenimiento de la antigüedad.
Si te reincorporas, tienen que pagarte el sueldo base estipulado en esos momentos, y claro si no tienes derecho a la antigüedad, y tenias mucha, notaras la diferencia salarial.
Lo que no me queda claro es que tipo de excedencia has pedido, y te digo porque:
En excedencia forzosa, por cuidado de hijo o familiar y voluntaria se guarda la antigüedad y sigue aumentando mientras estas en excedencia a excepción de la voluntaria que queda congelada.
Duración máxima de la excedencia es de 2 años por cuidado de familiar, 3 años por cuidado de hijos, teniendo derecho a una excedencia por cada hijo y de 5 años, por voluntaria, la cual no se puede fraccionar, pero pedir una segunda excedencia cuando pasen 4 años desde el final de la primera. NO tienes derecho a tercera.
Gracias por tu respuesta.
Sólo hay algo que no me ha quedado claro, perdona:
Mi excedencia fue voluntaria, ¿pierdo entonces toda la antigüedad, los 6 años que tenía, o entiendo que se congela y que mantengo esos 6 años?.
Entiendo, y no sé si entiendo bien, que si los conceptos de la nómina son sueldo base, a cuenta de convenio absorbible, antigüedad, nocturnidad y plus de transporte, eliminarían alguno de ellos, ¿me puedes decir cuáles?
y, sin haber finalizado aún el período de excedencia (lo hace el 1 de Febrero), ¿puedo solicitar que se amplíe hasta los 5 años?.
Con todo esto, no te doy más la tabarra.
Te agradezco mucho la molestia.
... Y sólo a titulo informativo (olvidaba comentarte).
El año pasado (cuando se cumplió el primer año) solicité la reincorporación y me la rechazaron diciendo que tenía que esperar a la finalización de la excedencia solicitada. También me indicaron ellos mismos que conservaría la antigüedad. Me siento "pelín" engañada.
Más gracias.
En efecto, si solicitas una excedencia, cerrando fecha, la empresa no tiene obligación de reincorporarte antes.
En cuanto a la antigüedad, te lo dicho antes, te la conservan porque queda congelada.
Al momento de tu reincorporación, la antigüedad vuelve a correr, y por supuesto, de acuerdo con el nuevo sueldo base que exista en esos momentos.

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