¿Cómo calculo el tiempo de paro que tengo derecho a disfrutar y cuánto cobraré al mes?

Estoy trabajando en una empresa desde el 19 de diciembre del 2002.
El primer año me hicieron 2 contratos de 6 meses y desde el segundo estoy como indefinido.
Los contratos semestrales fueron de aprendiz y cobraba el salario base o poco más.
Al pasarme a indefinido el sueldo mejoró algo y, posteriormente, he tenido un par de subidas de sueldo.
Mis intenciones son dejar esta empresa para dedicarme a unas oposiciones.
Me han dicho que si me voy, puedo negociar con la empresa un despido improcedente para poder disfrutar del paro o desempleo. De lo contrario, me iría con las manos en los bolsillos.
Mis dudas son: ¿Cómo calculo el tiempo de paro que tengo derecho a disfrutar y cuánto cobraré al mes?. Si obligo a la empresa a que me echen ¿cuánto me tendrán que pagar de indemnización?.
Si es necesario dar algún detalle de mi nómina para averiguar la información que pido, no tengo ningún inconveniente en suministrarlo.

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El tiempo de paro son 4 meses por cada año trabajado, a partir del primer año, lo proporcional. Para saber lo que cobras, has de mirar tu base de cotización en tu nómina, los 6 primeros meses es un 70% y el resto un 60%.
La indemnización de un despido improcedente es de 45 días por año trabajado, pero cuando un a empresa "arregla" un despido para que puedas cobrar el paro, lo que se hace es aceptar un despido procedente (sin indemnización), o bien uno improcedente, tu firmas como si hubieses cobrado la indemnización pero realmente no la cobras (como no tributa tampoco pasa nada).
Es muy raro que si arreglas con la empresa un despido improcedente te paguen realmente los 45 días por año, a no ser que a la empresa le interese por algo (justificar gastos, por ejemplo).
Gracias por la respuesta tan rápida, me queda todo bastante claro.
Tengo dudas en como calcular lo que percibiría por el paro. Me gustaría que me echases una mano.
Ahora mismo tengo delante la nómina de Junio de 2008 y en la lista de conceptos aparecen:
- Salario base (¿42.5377?). ¿Multiplicado por 30 unidades hacen un total de 1276.13?
- Antigüedad (1. ¿34?). ¿Multiplicados por 30 unidades hacen un total de 40.20?
- Plus Transporte (2. ¿94?). ¿Multiplicado por 21 unidades hacen un total de 61.74?
- Plus Compensatorio (63. ¿35?). ¿Multiplicado por 1 unidad hace un total de 63.35?
- Comisiones (no se detalla el precio de la unidad). ¿Multiplicado por 30 unidades hacen un total de 111.75?
Después aparecen: descuentos seguridad social y descuentos IRPF.
Según la información de la que dispongo...
1. El número de unidades del plus de transporte varía según el número de días trabajados en el mes.
2. El plus compensatorio aparece en todas las nóminas del 2008 con el mismo importe.
3. Las comisiones sólo aparecen si vendes productos de la empresa, hay meses que no vendo nada y no percibo comisiones.
4. Pertenezco al convenio de comercio
Me gustaría saber que conceptos tengo que tomar para calcular lo que cobraría de paro al mes y la indemnización. Gracias de nuevo.
No has de hacer tantos cálculos. El plus transporte no cotiza, ya que son suplidos, y no son conceptos salariales. Es mucho más sencillo que eso. En tu nómina te pone normalmente abajo la base de cotización de contingencias comunes, y la de contingencias profesionales. Es eso lo único que has de mirar, la de contingencias comunes. Sobre la base de contingencias comunes te aparece el descuento de seguridad social, la de IRPF es sobre otra cantidad. En la base de contingencias comunes están los conceptos salariales y los prorrateos de pagas extra.
Solo has de coger la base de contingencias comunes, y sacar el 70% para los 6 primeros meses y el 60% para el resto. Así ya puedes tener una idea de lo que cobrarás en el paro. Normalmente se hace la media de esta base del último año.
El paro, las bajas, jubilaciones, invalideces, etc, todas las prestaciuones sociales de la seguridad social se calcula sobre la cantidad que cotizas a la seguridad social, no lo que cobras (base de contingencias comunes).
Espero que lo tengas más claro, como ves no es tan complicado
Gracias por la respuesta.
Es verdad que es más sencillo de lo que yo pensaba, he revisado la nómina y me aparecen 1836.37 euros de Contingencias Comunes. Por tanto, realizando los cálculos necesarios, cobraría:
1285.45 euros los 6 primeros meses
1101.82 euros los meses restantes
Me imagino que a estos importes no se les hace ningún descuento posterior (irpf, seguridad social, etc.) ¿Verdad?.
A parte de esto, he estado revisando el contrato, en la cláusula octava pone:
En el caso de haber respondido afirmativamente a la anterior cláusula, cuando el contrato se extinga por causas objetivas y la extinción sea declarada improcedente, la cuantía de la indemnización a la que se refiere el artículo 53.3 del Estatuto de los Trabajadores, en su remisión a los efectos del despido disciplinario previstos en el artículo 56 del mismo texto legal, será de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y has un máximo de 24 mensualidades
Esto viene a decir que no son 45 días sino 33 días por año trabajado los que me corresponderían en la indemnización ¿verdad?.
¿Estos días son hábiles o naturales?, es decir, me pagarían 1 mes y 3 días por cada año trabajado o 6 semanas y 3 días.
¿La indemnización también se calcula en base a la cantidad de las Contingencias Comunes? ¿Se le aplica algún descuento como en el paro, irpf, seguridad social, etc.?
Gracias y un saludo.
Los cálculos, como ves son sencillos. Sobre ellos si pagas IRPF, aunque mucho menos que lo que debnes pagar ahora. (PIensa que el paro tributa).
Un apuntualización, la cantidad másxima que se puede cobrar del paro es de el doble del salario mínimo interprofesional, que ese salario mínimo hoy es de 600 euros. O sea que el máximo es de 1200 euros. (Hay un tope, que por poco, pero veo que en tu caso te afecta en los 6 primeros meses).
La causa objetiva no es l a causa de tu despido. Si lo que hacéis es "acordar" un despido, primero que no creo que la empresa te pague le indemnicación. Si te la paga, debería ser de 45 días por año. El calculo es muy sencillo también. Se toma la base de TODO lo que cobraste el año anterior, esto no va sobre las contingencias comunes, y tampoco tributa, es todo limpio para ti, y se hace el calculo diario. Cada 8 años de servicio equivale a un año de sueldo integro. En tu caso son 6 años, pues unos 9 meses de sueldo más o menos. Lo de los 33 días es solo para contratos especiales, que se fomentaron en una de las ultimas reformas laborales (mayores de 45 años indefinidos, minusválidos, mujeres indefinidas, etc). No se si es tu caso. Si fueses 33 días por año, pues seria algo menos.

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