¿Tengo o no derecho?

Trabajo en una empresa de Construcción, ¿mi sueldo en 2007 fue de 2078? , sueldo base + gratificación voluntaria.
La empresa dice que no tengo derecho a atrasos por que cobro más de la base, se acoge al art. 23 del convenio firmado recientemente.
Pero mi sueldo no es un derecho adquirido y por ello han de respetar las mejoras adquiridas.?
Quisiera saber también cuanto tienen que subirme el sueldo este año.
Gracias

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El salario mínimo que debe pagar la empresa es el indicado en el convenio colectivo, esto siempre es mejorable por voluntad de las partes, como ha sido tu caso con la gratificación voluntaria, pero dicho aumento salarial puede congelar tu salario hasta que el convenio colectivo absorba dicha mejora voluntaria.
Por lo tanto si la empresa actualizar los conceptos salariales de convenio absorbiéndolos de las mejoras voluntarias, en principio es correcto, esto será así salvo que pactéis lo contrario, que te actualizarán el salario anualmente en función del convenio, IPC, nuevo acuerdo,... salvo que lo hagáis así no están obligados a pagarte los salarios, pero si que deben aparecer en nómina todos los conceptos salariales del convenio en caso contrario podrías reclamarlos.

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