Carta de despido a embarazada

Soy sonia, la embarazada a la que su empresa por fin hoy ha enviado una carta de despido por burofax y en los términos de "disminución voluntaria del rendimiento del trabajo", lo se porque han sido lo suficientemente cínicos, como para enviarme ayer copia de la carta y finiquito que me van a dar con indemnización, total 22.000 euros netos (por 10 meses en la empresa). Sin embargo en la carta de despido no se reconoce la improcedencia sino que se me despide por falta grave de incumplimiento de contrato según convenio, y sin embargo en el finiquito pone indemnización 45 días ¿no se contradice?.
No he recogido el burofax, ¿me sirve de algo la demora?, como me avisaron ayer que me lo iban a enviar no estaba en casa y cuando he llegado he visto el resguardo.
¿Qué debería hacer ahora?

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Pues efectivamente se contradice. Pero si te pagan y la cuenta está bien hecha (divide tu bruto mensual por 30 para saber el precio de un día)... Que el despido sea procedente no queda registrado en ningún sitio, salvo en la propia empresa.
Si quieres cobrar e irte pues simplemente ve a cobrar. Pero no firmes el finiquito hasta que te hayan pagado, porque es un recibo.
Si quieres que te readmitan tienes que demandar por despido nulo con un plazo de 20 días desde que te entreguen el burofax, al haber sido hecho estando embarazada. En ese caso, antes del juicio puedes cobrar la parte del finiquito que no sea indemnización. Si el juez sentencia nulo, entonces te readmitirán pagándote los salarios perdidos desde el despido hasta la readmisión. Con eso ganas menos dinero, pero tienes más meses de cotización y sigues trabajando.
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Vayamos por partes.
En primer lugar, el despido sólo será efectivo desde el momento en que recibas el burofax. La fecha de efectos del despido será la fecha fehaciente de comunicación del mismo.
En segundo lugar, lo que entiendo que han hecho ha sido reconocer la improcedencia del despido y abonarte los correspondientes 45 días de salario por año de servicio como indemnización. Este esta perfectamente admitido por nuestro Estatuto de los Trabajadores aunque, el reconocimiento de improcedencia y el abono de la indemnización se debe hacer por vía judicial. Si no es así, los salarios de tramitación no se detendrían y seguirían corriendo.
Por último, tu despido es muy probable que sea nulo ya que estás embarazada (la consecuencia sería tu readmisión más los salarios de tramitación). Mi recomendación es que recojas el burofax y contactes con un abogado para que presente demanda por despido nulo y subsidiariamente por despido improcedente (ya que la improcedencia no se ha realizado judicialmente). De esta forma es probable que para evitar tu reincorporación te paguen más de los 45 días de indemnización más salarios de tramitación.
El plazo para presentar demanda es de 20 días hábiles desde la fecha de notificación.

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