Dudas con finiquito

Necesitaría que alguien me aclarase unas dudas.
Llevo 3 semanas de baja por ansiedad y la empresa quiere despedirme indemnizandome 45 días por despido improcedente, dándome la cantidad correspondiente al despido. Hasta ahí todo bien. Cuando me comunicaron que me despedían, me fui al sindicato con mi documentación (12 últimas nóminas y contratos) para que me hicieran el finiquito y comprobar que estuviera correcto antes de firmarlo. Llevo en la empresa desde el 22/10/07, y me hicieron indefinida en octubre de 2008. Cual fue mi sorpresa al ir al sindicato a recoger lo que se supone que me corresponde de finiquito: ¿Encontraron "diferencias salariales" por importe de 2.127?, ¿Por qué por lo visto mi salario base era de 812? ¿Aprox. Cuándo según el convenio (comercio de madera) debería ser de 945? Aprox. El asesor me dice que el convenio que rige la empresa es el de industria de madera y no el de comercio de madera. Le comenté que en mi contrato pone "comercio de madera" y me contesta con toda la "cara" que él no sabe quién ha puesto "eso" en el contrato, que estará mal, y que denuncie si quiero, que no tengo nada que hacer, puesto que no lo puedo denunciar (cuando el contrato está sellado y firmado por él). Aún no me han pagado la paga extra de julio, ni el sueldo de julio (a fecha de hoy, 19 de agosto) y me dicen que no me lo van a pagar hasta que me liquiden todo (si firmo, claro, la semana que viene). Para colmo, me dice que en vez de abonarme esas diferencias salariales, ¿qué lo que puede hacer es abonarme diferencias salariales por importe de 600? Aprox., en concepto de haber tenido categoría aux. Admvo. (Grupo 07), en vez de dependienta (estaba en tienda) (como si me estuviera haciendo un favor).
La empresa siempre ha sido injusta (unos trabajadores cobran a primero de mes, justamente, y otros nos tenemos que aguantar y cobrar cuando a ellos les de la gana). El motivo de mi baja, como comenté es por ansiedad, pero por acoso laboral y moving. Me están presionando para que firme, porque saben que necesito el dinero atrasado que me deben (de hecho el asesor me llegó a decir que si quería denunciar, que denunciase, y me tirase 2 o 3 años sin cobrar). Mi duda es si puedo reclamar de alguna manera, las dos mensualidades atrasadas (sueldo y paga extra de julio), independientemente de si denuncio o no por el importe del finiquito.
La carta de despido aún no me la han dado, aunque me dicen que la harán con fecha de cuando lleguemos al acuerdo.
Por favor agradecería me contestase alguien lo antes posible, puesto que me están llamando todos los días y presionando, y para mi estado de salud me está perjudicando más y estoy desesperada.

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En España el despido es libre (con la excepciones de casos de maternidad, reducción de jornada y ser delegado de personal) siempre que la empresa te lo comunique por escrito (no es necesario preaviso) y en esa carta indiquen una causa (aunque sea falsa y/o absurda), reconozcan que el despido es improcedente y te paguen la indemnización correspondiente a despido improcedente (45 días por año de servicio) en el mismo momento, o bien la ingresen en el juzgado de lo social en el plazo de 48h.
Cuando quieran comunicarte una carta de despido y/o un finiquito te tienen que dar ANTES DE FIRMAR una copia firmada y sellada por la empresa de todos y cada uno de los papeles que pretendan que firmes. Si de alguno no te quieren dar copia no lo firmes jamás. Si en la carta dice que has recibido la cantidad de por euros en concepto de finiquito y/o indemnización o lo que sea, te tienen que dar ese dinero en el momento (en metálico o cheque, nunca en pagaré con fecha posterior) y si no tampoco firmas. Nunca confíes en que te lo paguen mañana, o que te irá en la siguiente nómina. Si en el papel dice que ya lo has cobrado, firmarlo supone eso: que lo has cobrado, con lo que la empresa se podría escaquear de págartelo luego, y te aseguro que hay miles de empresas que lo hacen. Si te pagan y te dan copia, entonces puedes firmar, pero SIEMPRE poniendo "no conforme" y la fecha real del día de entrega, en todos los papeles. Si no te quieren pagar o dar las copias antes de firmar, pues eso... no firmas. Mientras que no firmes la carta de despido sigues siendo trabajador de la empresa y tienes que seguir yendo a trabajar y cobrando. Si te dicen que si no firmas no te van a pagar o que no te darán "los papeles" del paro, puedes estar tranquilo, que te pagarán luego (cuando demandes) y con intereses y además, si no te dan los papeles del paro, podrás pedir el paro igual (comunicarás al INEM esa negativa) y tendrán una probable sanción de la inspección de trabajo. Lo más probable es que si no firmas te manden la carta por burofax y te ingresen la indemnización en el juzgado. En ese momento ya estás despedido y ya no tienes que ir a trabajar, pero ahora viene lo bueno.
Para que no puedas reclamar nada, la indemnización que te paguen debe ser correcta y estar perfectamente desglosada. Se calcula en días y el precio de cada día sale de dividir por 30 la base reguladora de una nómina del mismo año, de un mes que no tenga bajas. Pero claro, en el 99% de los casos resulta que te estaban pagando menos de lo que te corresponde según las tablas salariales actualizadas de tu convenio aplicable, que además puede que no sea el que te están aplicando. Si las nóminas están mal, la indemnización también, con lo que podrás reclamar. Además tiene que estar perfectamente desglosada, es decir que en la carta de despido tiene que decir cuál era tu antigüedad, cuántos días de indemnización le corresponden a esa antigüedad, cuánto es el importe que te paan por cada uno de esos días, y el resultado final. Si no está desglosada puedes reclamar contra el despido. También puedes reclamar si la antigüedad no es la correcta (por ejemplo porque sólo te estén contando el último contrato) o no es correcto el nº de días o el importe de cada día.
¿Reclamar para qué? Pues para cobrar los salarios de tramitación e incluso conseguir que te readmitan en la empresa. Para demandar tienes 20 días hábiles de plazo desde el que fue tu último día de trabajo. Es aconsejable apurarlos, pero no del todo, para generar más salarios de tramitación. El abogado te hará la cuenta de lo que te deben realmente, tanto de indemnización como de finiquito, como por haber cobrado menos de lo que diga el convenio (esto es muy importante y hay que mirarlo también). En la web "laboro" tienes un artículo llamado "el finiquito" donde se explica todo. Entonces digamos que se pone la solicitud de acto de conciliación al día hábil nº 15 (3 semanas después de tu último día de trabajo). Darán fecha para un par de semanas después. La empresa puede reconocer la nulidad del despido en cualquier momento hasta el acto de conciliación. Si lo hacen, te tienen que readmitir en tu mismo puesto y destino, pagándote los salarios que hayas dejado de cobrar a lo largo de todo el proceso (eso son los salarios de tramitación), y tú tendrás que devolver la indemnización. Si la empresa no te readmite antes del acto de conciliación, entonces ya no pueden hacerlo hasta que haya juicio y sentencia. Pasarán fácilmente 3 ó 4 meses más. Tras la sentencia, podrán readmitirte, pero pagándote todos esos meses de salarios de tramitación, o bien confirmar tu despido pagándote esos mismos salarios de tramitación y además la indemnización de 45 días pero bien calculada. Aparte de todo esto, en cualquier caso, tendrán que pagarte lo que te deban por haber cobrado menos de lo que diga el convenio.
En resumen: si tus nóminas son perfectas (según tablas salariales actualizadas de tu convenio aplicable), la carta es perfecta y la indemnización es perfecta y bien desglosada, no tienes nada que reclamar. Pero en cualquier otro caso sí que puedes, y como mínimo, si apuras plazo, te sacarás unas 3 o 4 semanas de salarios de tramitación y hasta puede que seas readmitido.
En tu caso las nóminas son incorrectas. Ya no tienes nada de que hablar con la empresa ni con tu asesor ni llegar a ningún acuerdo. No les cojas el teléfono. Las clases de derecho se las dará el juez en la sentencia. Si te quieren despedir que te manden un burofax y entonces demandas por despido improcedente. ¿2 o 3 años? Y unos cojones. Las demandas por despido son prioritarias y suele haber juiicio en unos 3 meses. Además el te tiene que ingresar (y lo sabe) el importe de la indemnización en 48h, y si no lo hace mejor para ti. Además en cuanto tengas la carta de despido puedes pedir el paro aunque demandes. Si no te da carta de despido, pues no hay despido y sigues trabajando y cobrando., En la misma demanda les meterás todo: la deuda y el despido.
Todo esto lo sabe tu empresa, y sobre todo el asesor, y por eso te llaman para presionarte. Pero tú tranquila, mientras que estés de baja estás cobrando y cotizando y aumetando el tiempo de paro que vas a cobrar. Si te depiden, pues demandas y ya está. SI no te despiden pues a seguir cobrando. De todas formas, si quieres les puedes poner ya una demanda por la reclamación de las diferencias salariales de los últimos 12 meses y de todo lo que te deban. Con eso incluso haces que no te despidan, porque si te despiden habiendo puesto una demanda tendrías muchas posibildiades de conseguir despido nulo.
En resumen, que se trata de aguantar y al final vas a sacar muchísimo dinero, y vas a tardar menos de lo que te crees, sobre todo si hay despido. Y si no lo hay y dejan de pagarte, en el momento en que te deban 3 meses puedes hacer una rescisión voluntaria de tu contrato, cobrando despido improcedente y paro. Todo esto ellos lo saben y por eso te llaman. Si no pudieras hacer nada no te llamarían, sino que directamente te despedirían o te dejarían sin cobrar.
Muchísimas gracias. Me has aclarado totalmente las dudas que tenía. Es increíble cómo ayudáis desinteresadamente desde aquí. No tengo palabras para agradecer! Gracias!

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